SAP Madrid 34/2005, 8 de Febrero de 2005
Ponente | JUAN JOSE LOPEZ ORTEGA |
ECLI | ES:APM:2005:1181 |
Número de Recurso | 56/2005 |
Número de Resolución | 34/2005 |
Fecha de Resolución | 8 de Febrero de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª |
JUAN JOSE LOPEZ ORTEGA
Expediente de Fiscalía nº 2051/2004
Expediente de Reforma nº 338/2004
Juzgado de Menores nº 4 de Madrid
Rollo de Sala nº 56/2005-M
Juan José López Ortega
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado, EN EL NOMBRE
DE S.M. EL REY, la siguiente:
S E N T E N C I A Nº 34/2005
En Madrid, a ocho de febrero de dos mil cinco.
VISTA en segunda instancia ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial Expediente de Reforma nº 338/2004, procedente del Juzgado de Menores nº 4 de Madrid, seguido contra el menor Jose Luis, venido a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Letrada Dª. Isabel Collado Salgado, en nombre y representación del citado menor, contra la sentencia dictada en fecha 20 de diciembre de 2004; siendo parte apelada el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Juan José López Ortega.
Por escrito de 3 de enero de 200, doña María Isabel Collado Salgado, actuando en nombre del menor don Jose Luis, ha formulado recurso de apelación contra la sentencia de 20 de diciembre de 2004 del Juzgado de Menores nº 4 de Madrid, que declaró la responsabilidad del recurrente como autor de un delito intentado de robo (arts. 237 y 242.1 CP), imponiéndole la medida de catorce meses de internamiento en régimen semiabierto, de cuyo período los dos últimos lo serán de libertad vigilada.
En la resolución impugnada se han declarado probados los siguientes hechos:
PROBADOS: "Resulta probado que los menores Jose Luis e Víctor, nacidos los días 21 de enero de 1988 y 7 de febrero de 1987, respectivamente, sobre las 16,00horas del día 22 de agosto de 2004, puestos previamente de acuerdo y con la finalidad de obtener un beneficio ilícito, abordaron en la estación de metro de Gran Vía a Inocencio, cuando se encontraba bajando por las escaleras mecánicas y mientras uno le agarraba del cuello el otro intentó apoderarse de su cartera, no consiguiéndolo al ser detenidos por los vigilantes de seguridad del metro.
Como consecuencia de estos hechos Inocencio resultó con policontusiones con erosiones múltiples, para cuya sanidad solo necesitó de una primera asistencia facultativa."
En la vista de este recurso, que tuvo lugar el pasado 7 de febrero de 2005, el recurrente ha solicitado su absolución o alternativamente la reducción de la medida, mientras que el Ministerio fiscal ha...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Justicia Social y Derecho penal: individualización de la sanción penal por circunstancias socioeconómicas del penado (arts. 66.1.6, 20.7 CP y 7.3 LORRPM)
...Esta circunstancias debe tenerse en cuenta de modo especial en el caso de los menores extranjeros no acompañados: la SAP Madrid 34/2005, de 8 de febrero, se valora que el menor «carezca de un referente adulto en nuestro país»; de un modo similar a lo baremado en la SAP Madrid 83/2005, de 26......