SAP Barcelona 529/2008, 26 de Mayo de 2008

PonenteMARIA DEL CARMEN ZABALEGUI MUÑOZ
ECLIES:APB:2008:4403
Número de Recurso406/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución529/2008
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 20ª

SENTENCIA nº 529/08

ILMOS. SRES. :

DON FERNANDO PÉREZ MAIQUEZ

DOÑA Mª DEL CARMEN ZABALEGUI MUÑOZ

DON FRANCISCO ORTI PONTE

En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de mayo de dos mil ocho.

VISTO ante esta Sección el rollo de apelación penal número 406/07, formado para sustanciar el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 20 de Barcelona en el Procedimiento Abreviado número 265/07 de los de dicho órgano jurisdiccional, seguido por un delito de lesiones a la mujer y una falta de daños; siendo parte apelante Blas , representado por la Procuradora doña Ana Mª Gómez-Lanzas Calvo y defendido por la Abogada doña Mª Rosario Moreno Mateos; y parte apelada el Mº Fiscal; actuando como Magistrada Ponente la ILMA. SRA DOÑA Mª DEL CARMEN ZABALEGUI MUÑOZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal indicado en el encabezamiento, y con fecha 25 de junio de 2007 se dictó sentencia en cuya parte dispositiva textualmente se decía : "FALLO: Que debo condenar y condeno a Blas como autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar, previsto y penado en el art. 153, párrafo 1º del C.Penal , no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y privación del derecho a la tenencia o porte de armas por tiempo de dos años. Por aplicación del art. 57 del CP el acusado no podrá acercarse a menos de 1000 metros de Sonia , a su persona, domicilio o lugar donde se encuentre durante un año y seis meses; y como autor de una falta de daños, prevista y penada en el art. 625, del C.P ., a la pena de quince días multa con una cuota diaria de seis euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas. Costas procesales. El acusado deberá indemnizar a Sonia en la suma de doscientos setenta y cinco euros, por las lesiones y en setenta euros con cincuenta céntimos por los daños".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a todas las partes interesadas, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de Blas en cuyo escrito (tras expresar los fundamentos del recurso que tuvo por pertinentes) interesó la revocación parcial de la sentencia recurrida y se dictara otra por la que se condenara al acusado como autor de una falta de lesiones del art. 617,1 del C.P . (sobreentendiéndose que manteniendo la condena por la falta de daños).

TERCERO

Una vez admitido a trámite dicho recurso se dio traslado del mismo al resto de partes personadas, para que en el término legal formulasen las alegaciones que tuvieran por convenientes a sus respectivos derechos; trámite que fue evacuado por el Mº Fiscal oponiéndose al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección de la Audiencia Provincial de Barcelona, para resolución del recurso.

CUARTO

Recibidos los autos y registrados en esta Sección, se señaló día para deliberación y votación, y pasó a la Magistrada-Ponente.

QUINTO

Se admiten los Hechos Probados declarados en la sentencia recurrida

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante invoca error en la valoración de la prueba, pero tan sólo en lo relativo a la relación que unía al acusado con Sonia , que consideró que no era una de las comprendidas en el art. 173,2 del C.P., sino un simple "rollete" entre los dos jóvenes, solicitando por ello que se calificaran los hechos como constitutivos de una falta de lesiones del art. 617,1 del C.P .

En los hechos probados de la sentencia recurrida se declaró que el acusado y Sonia eran "pareja sentimental", subsumiéndose por ello la acción de aquel en el tipo del art. 153,1 del C.P .

La Juez de lo Penal motivó su convicción al respecto, argumentando que frente a la negación del acusado relativa a la...

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