AAP Madrid 269/2004, 28 de Junio de 2004

ECLIES:APM:2004:9525
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución269/2004
Fecha de Resolución28 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MADRID

SENTENCIA: 00269/2004

ROLLO DE APELACIÓN NUM: 78/04

JUICIO DE FALTAS NUM: 62/01

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 1 de Navalcarnero

SENTENCIA NUM:

Madrid , a 28 de junio de 2004

La Ilma Sra Dª Consuelo Romera Vaquero, Magistrada de esta Audiencia Provincial, Sección

Primera, actuando como Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto es el art. 82.2º de la L.O.P.J, ha visto el presente recurso de apelación del juicio de faltas nº 62/01 del Juzgado de Instrucción nº 1

de Navalcarnero , en el que han sido partes como apelantes Luis Alberto Carpintería Técnica de Obras SA ,Darío y Leonardo, y como apelada, la compañía Zurich España S.A.

Antecedentes de hecho
Primero

Por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Navalcarnero

, se dictó sentencia en fecha 7 de noviembre de 2002 , cuyos hechos probados se aceptan en su integridad , y en que se pronunció el siguiente : "FALLO : Que debo condenar y condeno a D. Darío , D. Leonardo y D. Juan Carlos como autores de una falta de MUERTE POR IMPRUDENCIA LEVE auna pena de multa para cada uno de ellos , de DOS MESES de duración con una cuota de SEIS EUROS ,lo que hace un total de para cada uno de TRESCIENTOS SESENTA EUROS (360 EUROS) que habrán de satisfacer personalmente en metálico y mediante ingreso en la cuenta de consignaciones de este Juzgado en el plazo de DIEZ DIAS desde que fueran requeridos para ello quedando sujetos, sino fuera satisfecha y previa exacción de sus bienes ,a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas , que podrá cumplirse en régimen de arrestos de fin de semana , así como al pago de las costas procesales .

Asimismo condeno al SR. Darío, ALSR. Leonardo Y AL SR. Juan Carlos , solidariamente y subsidiariamente respecto de estos y solidariamente entre sí a las entidades CARPITERIA TECNICA DE OBRAS SA Y ANTONIO GONCALVES CABRAL-FILHOS LDA. a indemnizar a D. Luis Alberto y a su esposa en la cantidad de OCHENTE Y CINCO MIL TRESCIENTOS EUROS CON NUEVE CENTIMOS (85.311,09 euros) más los intereses legales incrementados en dos puntos desde la fecha de la presente resolución y hasta su completo pago .

Finalmente declaro que debo de absolver y absuelvo al resto de denunciados de la falta contra ellos imputada .

FIRME ESTA RESOLUCIÓN REMITASE TESTIMONIO A LA DIRECCION GENERAL DE TRABAJO Y EMPLEO, CONSEJERIA DE ECONOMIA Y EMPLEO DE LA COMUNIDAD DE MADRID "

Segundo

Contra dicha resolución se interpusieron recursos de apelación por Luis Alberto, así como por Darío , Leonardo y Carpintería Técnica de Obras SA ,que fueron admitido en ambos efectos, remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial, formándose el presente rollo, quedando los autos vistos para sentencia.

Fundamentos de Derecho
Primero

El apelante...

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