AAP Madrid 179/2004, 28 de Abril de 2004
ECLI | ES:APM:2004:6091 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 179/2004 |
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª |
RJ 166-2004
Juicio de Faltas 7-2004
Juzgado de Instrucción 7 de Majadahonda
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN DECIMOQUINTA
Santiago de Compostela, 96
Tfno.: 91.3973069-70
Madrid-28071
SENTENCIA 179
En Madrid, a 28 de abril de 2004
Carlos MARTIN MEIZOSO, Magistrado Juez, ha visto los autos referidos en el encabezamiento, relativos al recurso de apelación interpuesto por Bernardo contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción 7 de Majadahonda, el 13 de febrero de 2004.
ANTECEDENTES PROCESALES
El relato de hechos probados de la Sentencia apelada dice así:
"Estando probado y así se declara que el día 10 de diciembre de 2003, sobre las 21 horas, el denunciado D. Bernardo se personó en el domicilio donde la denunciante reside con los hijos comunes de su relación con aquel, menores de edad, aporreando la puerta para que le dejaran entrar. No encontrándose en ella la denunciante y sólo la testigo Dña. Estela, que cuidaba a los menores, dejó entrar al denunciante el cual, una vez dentro, se dirige a la cocina y comienza a romper diversos vasos de cristal. A continuación se dirige a la habitación de sus hijos, despertándolos, y profiriendo gritos tales como "Os tenéis que ir de mi casa" y llamando a la denunciante hija de puta."
La resolución impugnada contiene el siguiente fallo:
"Condeno a D. Bernardo como autor criminalmente responsable de una falta de vejaciones injustas a la pena de 20 días de multa con una cuota diaria de 6 ? y sujeta, en caso de impago de la misma, a un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de arrestos de fin de semana. Con imposición a D. Bernardo de las costas procesales causadas."
La parte apelante interesó se revocara la Sentencia apelada y se dictara otra por la cual se absuelva al recurrente.
El Ministerio Fiscal solicitó la confirmación de la resolución impugnada.
HECHOS PROBADOS
Unico: Se aceptan los relatados en la Sentencia apelada.
MOTIVACIÓN
El recurrente considera vulnerado su derecho fundamental a la presunción de inocencia. Que no se han practicado, en legal forma, pruebas de cargo bastantes para destruir ese derecho fundamental.
En la valoración, por el Juez "a quo", de las pruebas practicadas en el acto del juicio oral, juega papel decisivo la inmediación, de la que no dispone este Tribunal. En este sentido la Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de mayo de 1996 ha establecido, en consonancia con la del Tribunal Constitucional de 21 de diciembre de 1989, que la oralidad, la publicidad, la...
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