SAP Madrid 185/2001, 19 de Abril de 2001

PonenteJULIO MENDOZA MUÑOZ
ECLIES:APM:2001:5665
Número de Recurso45/2001
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución185/2001
Fecha de Resolución19 de Abril de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

SENTENCIA Nº 185/2.001

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS

MAGISTRADOS

D. FRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT

D. JULIO MENDOZA MUÑOZ

En Madrid, a 19 de abril de 2001.

VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes Diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el ABOGADO DEL ESTADO contra la sentencia dictada por la Iltma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal n° 19 de Madrid, de fecha 3 de noviembre de 2000 en la causa citada al margen.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado de la Sección, Iltmo. Sr. D. JULIO MENDOZA MUÑOZ, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Iltma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal n° 19 de Madrid, se dictó sentencia, de fecha 3 de noviembre de 2000, siendo su Fallo del tenor literal siguiente: "Que debo CONDENAR Y CONDENO al acusado Ismael , como autor responsable de un delito contra la seguridad del tráfico, del artículo 381 del Código Penal, a la pena de (6) SEIS meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y privación del permiso de conducir por

(1) UN año y (1) UN día y como autor de una falta contra el orden público del art. 636 del Código Penal a la pena de multa de (1) UN mes a razón de (300) TRESCIENTAS Pts. diarias, costas y que indemnice a Fermín en 32.712 Ptas., declarándose la responsabilidad civil directa del Consorcio de Compensación de Seguros y la responsabilidad civil subsidiaria de Natalia ".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se- interpuso, en tiempo y forma, por el Abogado del Estado, en representación del Consorcio de Compensación de Seguros, recurso de apelación que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido el recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En fecha 15 de febrero de 2001, tuvo entrada en esta Sección Sexta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación y por providencia de igual fecha se señaló día para la deliberación y resolución del recurso, fijándose la audiencia del día 18 de abril de 2001, sin celebración de vista.

CUARTO

SE ACEPTAN los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, en cuanto no se opongan a los presentes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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