SAP Vizcaya 197/2000, 21 de Marzo de 2000

PonenteALBERTO SANZ MORAN
ECLIES:APBI:2000:1261
Número de Recurso237/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución197/2000
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 197

ILMOS. SRES.

D/Dña. ALFONSO GONZALEZ GUIJA JIMENEZ

D/Dña. ALBERTO SANZ MORAN

D/Dña. JUAN PABLO GONZALEZ GONZALEZ

En BILBAO, a veintiuno de Marzo de dos mil.

VISTOS en grado de apelación ante la Sección TERCERA de esta Audiencia Provincial de Bilbao integrada por los Ilustrísimos Señores Magistrados del margen los presentes autos de JUICIO DE MENOR CUANTIA nº 43/97, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA nº 3 DE GERNIKA, seguidos entre partes como APELANTE: Dª María Angeles (EN CALIDAD DE TUTORA DE D. Narciso ) representada por el Procurador Sr Zubieta Garmendia y dirigida por el Letrado D. Juan Ignacio Sasiain Urra, y como APELADO: Dª Flora , representada por el Procurador Sr Bartau Rojas y dirigida por el Letrado D. Ignacio Arzanegui Bareño.

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la referida Sentencia de Instancia, de fecha 17 de febrero de 1.998 es del tenorliteral siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador SR. MUNIATEGUI LANDA en nombre y representación de DOÑA Flora contra DON Narciso , representado por su Tutora DOÑA María Angeles y por el Procurador SR. URRUTIA AGUIRRE debo declarar y declaro que procede la extinción de la comunidad existente sobre el derecho de usufructo sobre la mitad del lado Oeste de la casería Gorocika-aurrecoa y sus pertenecidos, referidos en el hecho primero de la demanda, mediante la determinación material de la porción de terreno definida sobre la que recaerá el derecho de usufructo del demandado, equivalente a una cuarta parte de la finca, lo que se llevará a efecto en trámite de ejecución de sentencia y previo dictamen de peritos, teniendo en cuenta las reservas usufructuarias establecidas a favor de DOÑA Amelia Y DON Agustín , con imposición de costas al demandado. Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de QUINTO día, para ante la Audiencia Provincial de Bizkaia. Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

SEGUNDO

Que publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de Dª María Angeles (EN CALIDAD DE TUTORA DE D. Narciso ) se interpuso en tiempo y forma Recurso de apelación que, admitido en ambos efectos ante este Tribunal y subsiguiente remisión de los autos, comparecieron las partes por medio de sus Procuradores; ordenándose a la recepción de autos y personamientos efectuados la formación del presente rollo al que correspondió el número 237/98 de registro y que se sustanció con arreglo a los trámites de su clase.

TERCERO

Que hecho el oportuno señalamiento y convocadas las partes para la vista del recurso, se celebró éste ante la Sala el pasado día 29 de Febrero de 2000 en cuyo acto, la parte apelante solicitó por medio de su letrado, que se dicte una sentencia revocatoria de la instancia con imposición de las costas de ambas instancias a la parte actora recurrida, interesando que se estime la excepción de falta de litis-consorcio pasivo necesario porque debía haberse traido al proceso a todos los hermanos, manteniendo igualmente la excepción de falta de legitimación activa opuesta a su escrito de contestación a la demanda.

La parte apelada solicitó del...

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