SAP Madrid 598/2005, 1 de Diciembre de 2005
Ponente | JUAN ANGEL MORENO GARCIA |
ECLI | ES:APM:2005:14374 |
Número de Recurso | 672/2004 |
Número de Resolución | 598/2005 |
Fecha de Resolución | 1 de Diciembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª |
JOSE LUIS DURAN BERROCALJUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ-VALDESJUAN ANGEL MORENO GARCIA
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9
MADRID
SENTENCIA: 00598/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección Novena
SENTENCIA NÚMERO 598
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 672/2004
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. JOSÉ LUIS DURÁN BERROCAL
D. JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDÉS
D. JUAN ANGEL MORENO GARCÍA
En Madrid, a uno de diciembre de dos mil cinco.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, el Incidente dimanante de Autos de Jura de Cuentas nº. 859/2003, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº. 59 de Madrid , a los que ha correspondido el Rollo nº. 672/2004, en el que aparecen como partes: de una, como impugnante y hoy apelante DON Luis María, Procurador actuando en su propio nombre y derecho; y de otra, como impugnadas y hoy apeladas ASOCIACIÓN EUROPEA DE ARBITRAJE DE DERECHO Y EQUIDAD (A.E.A.D.E.) Y VILLALBA TELECOMUNICACIONES S.L., representadas por el Procurador Sr. D. Agustín Sanz Arroyo; sobre impugnación Tasación de Costas en Jura de Cuentas.
SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. JUAN ANGEL MORENO GARCÍA.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº.59 de Madrid, en fecha trece de mayo de dos mil cuatro, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo: "Se desestima la impugnación de la Tasación de Costas por partidas indebidas, impugnada por el Procurador D. Luis María, manteniendose la Tasación de costas practicada de fecha 15 de enero de dos mil cuatro, con imposición de costas a la parte impugnante.".
Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo la cual tuvo lugar el día treinta de noviembre del año en curso.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
No se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada que deben entenderse...
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AAP Lugo 759/2008, 2 de Octubre de 2008
...resoluciones se pueden citar el AAP de Valencia (Sección 7ª) de 10-01-2003, SAP de Almería (Sección 2ª) de 03-03-2005, SAP de Madrid (Sección 9ª) de 01-12-2005 e, incluso, la sentencia que la propia parte apelante transcribe en su escrito de apelación (si bien parcialmente mutilada) de la A......