SAP Asturias 114/2008, 25 de Abril de 2008

PonenteJAVIER ANTON GUIJARRO
ECLIES:APO:2008:752
Número de Recurso459/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución114/2008
Fecha de Resolución25 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA: 00114/2008

SENTENCIA NÚMERO 114/2008

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000459 /2007

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Ignacio Álvarez Sánchez

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

D. Javier Antón Guijarro

En Oviedo a, veinticinco de Abril de dos mil ocho.

VISTOS en grado de apelación por esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de JUICIO

VERBAL 0001071 /2006, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.8 de OVIEDO, Rollo 0000459 /2007, entre

partes, como Apelante/s CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, y bajo la dirección letrada de D. ABOGADO DEL

ESTADO, y como Apelado/s ALLIANZ CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. SEGUROS Y representado por el Procurador

de los Tribunales Don Víctor Lobo Fernández, y bajo la dirección letrada de D. ENRIQUE RODRIGUEZ PAREDES. D.

Rocío declarada en rebeldía procesal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado Numero ocho de Oviedo dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 23 de Abril de 2007 cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros , representado por la Abogada del estado , Raquel Herrero González, contra Rocío , declarada en rebeldía Procesal y Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros ; y en virtud .

  1. Condeno a la Demandada Rocío a pagar a la actora la cantidad de MIL SETECIENTOS VEINTIDOS euros CON VENTICUATRO céntimos. 1.722,24 Euros), más los intereses legales desde el día 9 de Noviembre de 2006.

  2. Condeno a los demandados condenados a pagar las costas del procedimiento.

  3. Absuelvo de todos los pedimentos a ALLIANZ, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS ,S.A. y se imponen las costas de su traída a autos a la actora.".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte Demandante Consorcio de Compensación de Seguros, que fue admitido en ambos efectos, previstos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo el día veinticuatro de Abril de 2008 quedando los autos para sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Don Javier Antón Guijarro.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza la apelante Consorcio de Compensación de Seguros contra la Sentencia de fecha 23 abril 2007 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Oviedo en el Juicio Verbal 1071/2006 , alegando una incorrecta interpretación del art. 15 L.C.S . toda vez que el impago de una de las primas sucesivas de la póliza de seguro contratada por la codemandada Rocío con la compañía Allianz no puede llevar aparejado como efecto automático la resolución del contrato sino que simplemente da a derecho a esta última a resolver el contrato o a exigir el pago, a lo que añade que la suspensión de la cobertura exige una voluntad reiteradamente rebelde al cumplimiento de lo convenido en el contrato.

SEGUNDO

El debate aparece centrado sobre la distinta interpretación que a las partes litigantes merece el párrafo segundo del art. 15 L.C.S que reza "En caso de falta de pago de una de las primas siguientes, la cobertura del asegurador queda suspendida un mes después del día de su vencimiento. Si el asegurador no reclama el pago dentro de los seis meses siguientes al vencimiento de la prima se entenderá que el contrato queda extinguido. En cualquier caso, el asegurador, cuando el contrato esté en suspenso, sólo podrá exigir el pago de la prima del período en curso". Tratándose del impago de una de las primas de la póliza siguientes a la primera, como es el caso de autos, cabe...

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