SAP Madrid 422/2000, 30 de Diciembre de 2000

PonenteANA MARIA FERRER GARCIA
ECLIES:APM:2000:18110
Número de Recurso389/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución422/2000
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 7ª

SENTENCIA Nº 422/2000

AUDIENCIA PROVINCIAL

Ilma. Sra de la Sección 7ª

Dª Ana Mª Ferrer García

En Madrid, a treinta de diciembre de dos mil.

La Ilma. Sra. Magistrada Dª. Ana Mª Ferrer García, Magistrada de la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal unipersonal de acuerdo con lo previsto en el artículo 82-2° párrafo 2° de la Ley Orgánica 6/1.985 de 1 de julio del Poder Judicial , ha visto en segunda instancia el presente juicio de faltas seguido ante el Juzgado de Instrucción n°1 de Alcalá de Henares, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Luis Miguel , contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del expresado Juzgado de fecha 12 de Julio de 2000 , habiendo sido partes en el presente recurso el apelante citado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado antes citado en el juicio de faltas a que este rollo se refiere se dictó sentencia con fecha 12 de Julio del 2000 en la que se establecen como hechos probados que: "Sobre las 13,45 horas del día 7 de Mayo del dos mil en el C.I.E. "Antonio Machado", sito en la C/Alalpardo s/n de Alcalá de Henares se jugaba un partido de fútbol entre los equipos Racing Club de Fútbol Veracruz y Torrejón Althletic Fútbol Club, arbitrados por D. Narciso , colegiado de la Federación Madrileña de Fútbol, quien por vicisitudes del partido expulsó a tres juzgadores del equipo Veracruz.

Cinco minutos antes de finalizar el partido, un espectador, Luis Miguel invadió el terreno de juego y acercándose con un paraguas en la mano al árbitro le increpó diciendo "te voy a cortar el cuello, si pones en el acta la expulsión de los jugadores", "te voy a perseguir y no voy a parar hasta encontrarte."

Su Fallo o parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Luis Miguel como autor de una falta de amenazas a la pena de veinte días multa a razón de mil pesetas día. Así como al pago de las costas causadas".

SEGUNDO

Remitidas las actuaciones a esta Sección Séptima se formó el Rollo correspondiente con el n° 389/2000.

HECHOS PROBADOSSE ACEPTAN a los hechos probados de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Plantea el recurrente como motivo de impugnación una cuestión relativa a la valoración de la prueba, discrepando de la realizada por la Juez sentenciadora.

La sentencia...

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