SAP Pontevedra 368/2000, 23 de Octubre de 2000

PonenteMAGDALENA FERNANDEZ SOTO
ECLIES:APPO:2000:2965
Número de Recurso20/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución368/2000
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 5ª

SENTENCIA NUM. 368 En Vigo, a Veintitrés de Octubre de Dos mil.

En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en los autos de INTEDICTO OBRA NUEVA número 497/1999, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vigo , y promovidos entre las partes, de una como apelante - demandado DOÑA Laura , representada por el Procurador don José Vicente Gil Tránchez y de la otra como apelado - demandado DON Narciso Y DOÑA Carmen , representados por el Procurador don Manuel Lamoso Rey.ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la Sentencia de primera instancia, y

PRIMERO

En los autos a que este rollo se refiere en fecha Diecinueve de Noviembre de mil novecientos noventa y nueve, la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de los de Vigo, dictó sentencia cuyo Fallo textualmente dice:

"FALLO: Que estimando la demanda Interdictal de Obra Nueva deducida por el Procurador don Manuel Lamoso Rey, en nombre y representación de Don Narciso y su esposa doña Carmen , contra doña Laura , representada por el Procurador don José Vicente Gil Tránchez, debo acordar como acuerdo la ratificación de la suspensión, inicialmente acordada, de la obra a que el procedimiento se contrae; todo ello con imposición de las costas causadas en este procedimiento a la parte demandada.»

Y contra dicha sentencia por la parte apelante - demandada DOÑA Laura , se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que admitido en ambos efectos y previo emplazamiento de las partes fueron remitidos los autos a esta Audiencia para su tramitación.

SEGUNDO

En la tramitación de esta instancia, se han cumplido las prescripciones y términos legales, siendo Ponente el Magistrado DOÑA MAGDALENA FERNÁNDEZ SOTO, quién expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

En esta alzada la parte apelante solicita la revocación de la sentencia de instancia en el sentido de que se deje sin efecto la suspensión acordada, o subsidiariamente que la suspensión se limite a la zona afectada por la servidumbre de luces y vistas.

SEGUNDO

A tal efecto no se puede olvidar que la naturaleza de este procedimiento especial y sumario es de carácter especialmente prohibitorio, es decir, impeditivo de una actividad concreta como medio de proteger derechos reales, en el caso...

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