SAP Barcelona 1193/2000, 8 de Noviembre de 2000

PonenteMARIA JOSE MAGALDI PATERNOSTRO
ECLIES:APB:2000:13308
Número de Recurso1336/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución1193/2000
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 2ª

SENTENCIA n° 1193

En Barcelona a ocho de noviembre de dos mil

Visto en grado de apelación en el día de la fecha por S.Sª Ilma Doña María Jose Magaldi Paternostro, Magistrada de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituida en Tribunal unipersonal, el Juicio de Faltas seguido bajo el número 27/00 por el Juzgado de Instrucción n° 5 de Sant Feliu de Llobregat por una falta de lesiones en el que fueron partes como denunciantes y denunciados Antonia y Clemente así como el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la Acusación Pública en virtud del recurso de apelación interpuesto por Antonia contra la sentencia dictada en el mismo a 28 de abril de 2000 por el Sr. Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada contiene el Fallo que se da aquí por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por parte de Antonia y admitido se le dio el trámite correspondiente por el Juzgado de Instrucción, remitiéndose las actuaciones a esta Sección de la Audiencia Provincial para la resolución del recurso planteado, teniendo entrada en la misma a 27 de octubre de 2000.

TERCERO

En el presente recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso interpuesto por el recurrente se vertebra sobre los siguientes motivos jurídicos:

  1. aun sin utilizar el preciso "nomen iuris", error en la valoración de la prueba en el que presuntamente habría incurrido la Juez a quo lo que habría motivado el fallo condenatorio que pronuncia contra la recurrente, siendo así que no se practicó en el acto del Juicio prueba de cargo suficiente ya que, a sentir de la recurrente, no existían testigos imparciales del hecho del que venida acusada; en todo caso la sentencia seria incongruente al imponer a Antonia , por una falta de maltrato de obra a pena superior a la impuesta a Clemente autor de una falta de lesiones. En base a los argumentos expuestos en el escrito del recurso solicita la revocación de la sentencia y que se dicte otra absolviendo a la recurrente de los pedimentos punitivos deducidos en su contra .El recurso de apelación interpuesto por la parte debe prosperar parcialmente en esta alzada por las razones jurídicas que se explicitan a continuación.

SEGUNDO

Con carácter previo al fondo del recurso debe señalarse que si bien es cierto que el recurso de apelación permite la revisión de la valoración de la prueba efectuada por el Juez a quo, cierto es también que el hecho de que aquella tenga como base la prueba practicada a su presencia, garantizados los principios de publicidad, oralidad y contradicción, oídos acusación y defensa, y las propias manifestaciones de los implicados ( arcts 24 de la CE, 229...

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