SAP Barcelona, 14 de Noviembre de 2000

PonenteMONTSERRAT ARROYO ROMAGOSA
ECLIES:APB:2000:13542
Número de Recurso686/2000
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

SENTENCIA

ILMOS SRES.

Dña. MIGUEL ANGEL GIMENO JUBERO

Dña. MONTSERRAT ARROYO ROMAGOSA

Dña. CLARA EUGENIA BAYARRI GARCIA

En Barcelona a catorce de noviembre de dos mil.

VISTOS, en nombre de S.M. el Rey ante la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, el rollo de apelación penal número 686/00, formado para sustanciar el recurso de apelación interpuesto contra la resolución dictada el día 4 de julio de dos mil por el Juzgado de Menores nº 2 de Barcelona en el expediente nº 58/00 , seguido por un delito de robo con fuerza siendo parte apelante Bruno defendido por el Letrado D. Andres Banegas Romero; y parte apelada el representante del Ministerio Fiscal; ha sido designada Ponente Dña. MONTSERRAT ARROYO ROMAGOSA, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dictada por el Juzgado de Menores nº 2 de Barcelona en fecha 4 de julio de 2000 resolución en el Expediente 58/00 se da por reproducido en esta alzada el relato de Hechos Probados que la misma contiene.

SEGUNDO

La indicada resolución contiene el siguiente FALLO: " Que considerando al menor Bruno responsable de un delito continuado de robo con fuerza, le impongo la medida de nueve meses de libertad vigilada."

TERCERO

Notificada dicha resolución contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación Procesal de Bruno , en cuyo escrito tras expresar la fundamentación del recursos interpuestos nteresaron la revocación de la resolución dictada en los mismos términos que ya interesaron en el juicio oral; admitidos a trámite los recursos de apelación interpuestos se dio traslado de los mismos a las restantes partes personadas para que en el término legal formulasen las alegaciones que estimasen convenientes a sus respectivos derechos, tras la evacuación de dicho trámite fueron remitidas las actuaciones a esta Sección de la Audiencia Provincial para su resolución.CUARTO.- Recibidos los autos y registrados en esta Sección, sin más trámite, quedaron los mismos para sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos en esta alzada los Hechos Probados y los razonamientos jurídicos contenidos en la resolución de instancia.

SEGUNDO

Si bien el recurso de apelación autoriza al Juez "ad quem" a revisar la valoración probatoria efectuada por el juez de instancia, el hecho de que la apreciación por éste lo sea de pruebas practicadas a su presenca y con respeto a los principios de inmediación, publicidad y contradicción, determina, por lo general, que la valoración efectuada por el Juez a quo, a quien corresponde la apreciación de las pruebas practicadas en el acto del juicio oral de acuerdo con el dictado de su conciencia - artº. 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal - y después de oír las razones expuestas tanto por la acusación como por la defensa, deba por ello respetarse, con la única excepción de que la conclusión fáctica así alcanzada carezca de todo apoyo en el conjunto probatorio traído a su presencia.

TERCERO

La...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR