SAP Madrid 279/2000, 6 de Octubre de 2000

ECLIES:APM:2000:13475
Número de Recurso240/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución279/2000
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª

SENTENCIA Nº 279/00

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILMO. SR. DE LA SECCION 23ª

D. ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN

En Madrid, a 6 de Octubre de 2000

El Ilmo. Sr. Magistrado de esta Audiencia Provincial D. ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN, actuando como Tribunal Unipersonal, en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2° párrafo 2° de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial , ha visto en segunda instancia, la presente apelación contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Instrucción n° 4 de Móstoles, con fecha 24 de Enero de 2000 , en el Juicio de Faltas seguido ante dicho Juzgado bajo el n° 240/99, habiendo sido partes: el apelante Oscar , y el apelado Hugo .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la Sentencia apelada se establecen como HECHOS PROBADOS que: "Se declara expresamente probado que sobre las 19,55 horas del día 9 de Julio de 1999 se produjo un accidente de circulación entre el denunciante y el denunciado cuando ambos circulaban por la carretera M-40 en dirección a Boadilla del Monte, y, en un determinado momento en que ambos conductores tuvieron que detener su marcha para ceder el paso a otros vehículos, el denunciado Oscar se bajo del vehículo y se dirigió hacia el coche que conducía Hugo , golpeando la puerta delantera derecha del mismo con una estaca de madera que produjo la rotura del cristal. Como consecuencia de tal hecho, el denunciado sufrió lesiones por los cristales que le saltaron a la cara, que precisaron para su curación de una única asistencia facultativa y de las cuales tardó en curar 7 días con impedimento para sus ocupaciones habituales.

El denunciado conducía el día de los hechos un vehículo todoterreno Toyota matrícula H-....-HV de color verde.".

Y el FALLO es de tenor literal siguiente: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Oscar como autor de la falta de lesiones descrita a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de mil pesetas (1.000 pesetas) con un día de arresto sustitutorio por cada dos cuotas impagadas, y con expresa condena en costas. En concepto de responsabilidad civil, Oscar indemnizará a Hugo en la cantidad de 70.000 pesetas.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación para ante esta Audiencia Provincial por el referido apelante. Remitidas las actuaciones a esta Sección 23ª, se formó el rollo correspondiente con el n° 240/00;...

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