SAP Álava 152/2006, 27 de Julio de 2006

PonenteIÑIGO MADARIA AZCOITIA
ECLIES:APVI:2006:309
Número de Recurso174/2006
Número de Resolución152/2006
Fecha de Resolución27 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 152/06

En el recurso de apelación civil rollo de Sala nº 174/06, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vitoria, Autos de Juicio Ordinario nº 624/05, promovido por FORMAL INDUSTRIA

GRÁFICA, S.L., dirigido por el Letrado D. Andoni Echevarría Arabaolaza y representado por la Procuradora Dª Catalina Bengoechea Martorell, frente a la sentencia dictada en fecha 31.03.06. siendo parte apelada LANKIDETZA ASESORES CONSULTORES AUDITORES, S.L. dirigido por la Letrada Dª Cristina Rodríguez y representado por el Procurador D. Jesús Arrieta Vierna. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. Iñigo Madaria Azcoitia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Vitoria se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice: "Estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de LANKIDETZA ASESORES CONSULTORES AUDITORES, S.L. contra FORMAL INDUSTRIA GRAFICA, S.L. , debo condenar a la parte demandada a que abone a la actora la cantidad de CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS CON NOVENTA Y CINCO EUROS, intereses legales, con imposición de las costas del procedimiento".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la Procuradora Sra. Bengoechea Martorell en nombre y representación de FORMAL INDUSTRIA GRÁFICA, S.L., recurso que se tuvo por interpuesto mediante providencia de fecha 24.05.06, dándose el correspondiente traslado a la contraparte por diez días para alegaciones, presentando el Procurador Sr. Arrieta Vierna en nombre y representación de LANKIDETZA ASESORES CONSULTORES AUDITORES, S.L. escrito de oposición al recurso presentado de contrario, elevándose, posteriormente, los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, mediante proveído de 19.06.06 se mandó formar el Rollo de apelación, registrándose, turnándose la Ponencia, y señalándose para deliberación, votación y fallo el día 27 de Junio de 2006.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se impugna la sentencia de instancia sobre la base de dos motivos fundamentales. El primero refiere que de la documentación aportada con la demanda se desprende que Formal Industria Gráfica S.L. no fue la comitente del encargo que se pretende cobrar. El segundo motivo, afirma que la recurrente no fue destinataria del informe, cuyo contenido y existencia desconoce, por lo que considera que la demanda carece de contenido y que la ausencia en autos de dicho informe es causa de indefensión.

SEGUNDO

Si bien es cierto que las dos hojas iniciales de encargo, ambas fechadas el 15 de junio de 2004, vienen suscritas respectivamente por Dña. Amanda y D. Luis Andrés , también lo es que tal encargo se hace en papel con membrete de la mercantil Formal Industrial Gráfica S.L., a cuyo nombre se remite el...

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