SAP Alicante 1558/1999, 13 de Octubre de 1999

PonenteMANRIQUE TEJADA DEL CASTILLO
ECLIES:APA:1999:3906
Número de Recurso984/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución1558/1999
Fecha de Resolución13 de Octubre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

SENTENCIA NÚM. 1558

Iltmos. Sres.

Presidente: D. José Madaria Ruvira

Magistrado: D. Manrique Tejada del Castillo

Magistrado: Dª. Mª del Carmen Brines Tarraso

En la ciudad de Alicante, a trece de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Segunda de las constituidas en apoyo de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Menor Cuantía, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia Nº Ocho de los de Elche, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada "AUTOBUSES URBANOS DE ELCHE S.A.", y "SEGUROS MERCURIO S.A." representados en esta instancia por la Procuradora Doña Verónica Bernabeu Pérez, y dirigidas por el Letrado D. Miguel Angel Berenguer, y como apelada DOÑA Soledad representada por la Procuradora Doña Cristina Quintar Mingot y bajo la dirección letrada del Sr. Marcos González.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de los de Elche en los referidos autos, tramitados con el núm. 241 de 1.997, se dictó sentencia con fecha 31 de julio de 1998 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda presentada por el procurador Sr. MORENO SAURA en representación de Soledad debo CONDENAR Y CONDENO a la sociedad AUTOBUSES URBANOS DE ELCHE S.A. y a la compañía de seguros MERCURIO S.A., representados por el Procurador Sra. GARCÍA VICENTE, a que abonen solidariamente a la actora en la cantidad de 200.000 pesetas por la secuela de dorsalgias y en 100.000 ptas. por la incapacidad temporal, con imposición de las costas causadas en esta instancia a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por las demandadas en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos, previo emplazamiento de las partes, a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo nº 984 B de 1998 tramitándose el recurso en forma legal y, conferidos los traslados oportunos, se presentó informe escrito de alegaciones por la apelante sustitutorio de la vista y de impugnación por la apelada y se señaló para la celebración de la deliberación el día 13 de octubre de 1.999.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

Visto, siendo Ponente el Iltmo Sr. Don Manrique Tejada del Castillo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Al amparo formal de la apelación, pretende, sin embargo, la parte impugnante sustituir sus argumentos y valoraciones, por los de la Jueza a quo. Reproduce las excepciones ya esgrimidas en la contestación a la demanda y que fueron rechazadas en la resolución de instancia y solicita la estimación de su recurso. La apelada, por su parte, reitera sus argumentos para insistir en el mantenimiento de la sentencia de instancia.

SEGUNDO

Para una adecuada resolución de la apelación hemos partir del contenido de la demanda, sus fundamentos de derecho y su concreto petitum.

La ahora apelada ejercita demanda frente a la Compañía propietaria del autobús "AUTOBUSES URBANOS DE ELCHE S.A." y frente a su Compañía de Seguros "MERCURIO S.A." al amparo del Reglamento de 22 de diciembre de 1.989. No hace distinción entre las dos acciones olvidando que la dirigida contra la propietaria del vehículo sería de culpa extracontractual o aquiliana con basamento en los artículos 1902 y 1903 del Código Civil y la otra, dirigida contra la aseguradora, es la derivada del Seguro obligatorio de viajeros del Reglamento citado.

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