SAP Alicante 182/1999, 19 de Septiembre de 1999

PonenteMARIA JOSE SEGURA GARCIA
ECLIES:APA:1999:3429
Número de Recurso49/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución182/1999
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 182-99

Iltmos. Sres.

D. JOSÉ MIRA CONESA

D. JOSÉ DE MADARIA RUVIRA

Dª Mª JOSÉ SEGURA GARCÍA

En la ciudad de Alicante a diecinueve de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.

VISTA enjuicio oral y público por la Audiencia Provincial (Sección Segunda) de esta Capital, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, la causa procedente del Juzgado de Instrucción de ELCHE 1 seguida por delito CONTRA LA SALUD PÚBLICA contra el procesado Simón , hijo de Fidel y de Marina , de 46 años de edad, natural de Valencia y vecino de Alicante , de estado soltero, de profesión afilador, sin antecedentes penales computables, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora Dª IRENE ORTEGA RUIZ y defendido por el Letrado D. JOSÉ LUIS ALAMÁN ARAGONÉS, en cuya causa fue parte acusadora el Ministerio Fiscal, representado por el Fiscal, Iltmo. Sr. D. RICARD CABEDO NEBOT, actuando como Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dª Mª JOSÉ SEGURA GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

PROBADO, y así expresa y terminantemente se declara que el procesado Simón , mayor de edad y con antecedentes penales no computables, el día 25 de octubre de 1.995 fue detenido por la policía, cuando transportaba en la furgoneta Ford-Transit, matrícula F-....-FW , 275'900 gramos de heroína con una riqueza del 42'7%, desde el chalet de su propiedad sito en la partida del Derramador, carretera DIRECCION000 nº NUM000 hacia la circulación de Elche.

Posteriormente fue efectuado en el domicilio citado, tras cumplimentar los trámites legalmente exigidos, una entrada y registro autorizado por Auto de 25 de octubre de 1.995, en el que aparecieron dos balanzas de precisión y 6'800 gramos de hachís.

La droga ocupada estaba destinada a la venta a terceros.

SEGUNDO

El Fiscal, en sus conclusiones definitivas calificó los hechos procesales comoconstitutivos de un delito de tráfico de drogas de los artículos 344.1º y 344 bis a) nº 3 del Código Penal hoy derogado, de cuyo delito consideró autor al procesado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, por lo que solicitó se impusiera la pena de 8 años de prisión y 100. 000. 000 ptas. de multa, accesorias y costas, así como el comiso de lo ocupado.

TERCERO

La defensa en igual trámite solicitó la libre absolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que los hechos declarados probados en esta sentencia son constitutivos de un delito de tráfico de drogas definido y penado en los artículos 344 inciso 1º (grave daño) y 344 bis a) nº 3 (notoria importancia) del Código Penal hoy derogado, al concurrir en los hechos, según ha quedado debidamente acreditado, a juicio de esta Sala en el acto del Juicio Oral la totalidad de los elementos que configuran el mencionado tipo legal.

En efecto, en poder del procesado, más concretamente, en una furgoneta usada, conducida y propiedad de Simón , es intervenida por la policía una bolsa conteniendo 275 gramos, 900 miligramos de heroína, con una riqueza media de 42'7%.

Dicha sustancia ' por una parte, dada su naturaleza y características, es considerada de forma uniforme, tanto por nuestra jurisprudencia, como por los Tratados Internacionales, como droga tóxica, estupefacientes o sustancias psicotrópicas de las que "causan grave daño a la salud" (así SSTS 23 de enero y 5 de diciembre de 1.992 ).

Por otra parte, la cantidad de sustancia hallada en poder del procesado (275 gramos, 900 miligramos) permite deducir a este Tribunal, que la voluntad del procesado era destinarla...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Alicante 502/2002, 1 de Octubre de 2002
    • España
    • 1 Octubre 2002
    ...las costas procesales. - Sobre la incongruencia de la sentencia apelada. a)Como ya ha reconocido esta Audiencia Provincial de Alicante en su sentencia de fecha 19 de septiembre de 1999 "Ciertamente se presenta claro que las sentencias que han de resolver las cuestiones planteadas y que la m......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR