SAP Barcelona, 13 de Diciembre de 1999
Ponente | RAMON FONCILLAS SOPENA |
ECLI | ES:APB:1999:13180 |
Número de Recurso | 467/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 13 de Diciembre de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª |
SENTENCIA Núm.
Ilmos. Sres.
D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA
Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHO
Dª. NURIA ZAMORA PÉREZ
En la ciudad de Barcelona, a trece de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciséis de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de art. 41.Ll., Hipotecaria, número 80/98 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 31 de Barcelona, a instancia de INSTITUTO EUROPEO DE INVERSIONES S.L. representado por la Procuradora Dª. HELENA VILA GONZALEZ y dirigido por el Letrado Sr. GARCIA HERNAIZ, contra D. Jesús Luis Dª. Beatriz y D. Abelardo , representado por el Procurador D. ROMAN VILLALBA RODRIGUEZ, y dirigido por el Letrado Sr. VILLALBA SORIANO; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por INSTITUTO EUROPEO DE INVERSIONES S. L. contra la Sentencia dictada en los mismos el día 10 de marzo de 1999, por el Sr. Juez del expresado Juzgado .
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Por todo lo expuesto, el Magistrado-Juez, en nombre del Rey y por la Autoridad que le confiere la Constitución y las Leyes, ha decidido: Estimar la demanda de contradicción formulada por la representación procesal de D. Jesús Luis , D.A. Beatriz y D. Abelardo , acogiendo la excepción formulada por los mismos, conforme a la causa 2ª del artículo 41 Ley Hipotecaria , sin que haya lugar a otorgar a la entidad instante de este procedimiento Instituto Europeo de Inversiones, S.L. la protección que otorga al titular inscrito el expresado artículo 41 de la referida ley , con imposición a esta última entidad de las costas de este procedimiento."
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por INSTITUTO EUROPEO DE INVERSIONES S.L. y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas ambas partes, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 1 de diciembre de 1999, con el resultado que obra en la precedente diligencia.
En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA.
La...
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