SAP Barcelona, 16 de Junio de 1999

PonenteAMPARO RIERA FIOL
ECLIES:APB:1999:6341
Número de Recurso931/1997
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución16 de Junio de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. JOSE LUIS BARRERA COGOLLOS

DÑA. AMPARO RIERA FIOL

DRA. ISABEL CAMARA MARTINEZ

En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de Junio de mil novecientos noventa y nueve.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección CUARTA de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Cognición, número 844/96 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 48 de Barcelona, a instancia de HOME ENGLISCH, S.A. representada por el Procurador D. Andrés Estany Segalás, contra DÑA. Carmen ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Home English S.A. contra la Sentencia,dictada en los mismos el día 12 de Marzo de 1997, por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por el Sr. Estany, actuando como factor mercantil de Home English, S.A., debo absolver y absuelvo a Carmen , imponiendo las costas a la demandante".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que dejó transcurrir el término conferido sin hacer alegación alguna; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señalo para votación y Fallo el día quince de Junio de mil novecientos noventa y nueve.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DÑA. AMPARO RIERA FIOL.

No se aceptan los argumentos de la sentencia recurrida en cuanto se opongan a los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad actora ejercita acción de reclamación de cantidad derivada de la compraventa de determinado material para un curso de idiomas, ante el impago por parte de la demandada del precio convenido. El Juez de Instancia desestima la demanda y absuelve a la demandada en rebeldía por falta de pruebas, imponiendo a la actora el pago de las costas.

Frente a la sentencia dictada se alza la actora y alega error en la apreciación de la prueba, solicitando se declare confesa a la demandada.

SEGUNDO

Es cierto, como se indica en la sentencia recurrida, que la situación de rebeldía de la...

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