SAP Barcelona, 23 de Julio de 1999

PonenteJOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS
ECLIES:APB:1999:8232
Número de Recurso1422/1997
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución23 de Julio de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

SENTENCIA NÚM.

Ilmos. Sres.

  1. JOAQUÍN DE ORO PULIDO LÓPEZ

  2. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN

  3. JOSÉ A. BALLESTER LLOPIS

En la ciudad de Barcelona, a veintitrés de Julio de mil novecientos noventa y nueve.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Once de, esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Declarativo Menor Cuantía, número 177/95 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Hospitalet, a instancia de D. Lucas , incomparecido en esta alzada y representado por los Estrados del Tribunal, contra PIRÁMIDE INMUEBLES Y SERVICIOS, S.L., representado por el Procurador D. Francesc

X. Espadaler i Poch, y dirigido por el Letrado D. Carlos Zaragoza Marcilla; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 2 de Enero de 1.997, por el Sr. Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de Lucas debo declarar resuelto el contrato de compraventa firmado entre las partes el pasado 02.01.95 y condenar a PIRAMIDE INMUEBLES Y SERVICIOS, S.L. a que le abone la cantidad de 2.000.000 PTAS. Se condena en costas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la demandada y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las, partes, y comparecida la misma, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 15 de Julio de 1.999, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ A. BALLESTER LLOPIS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por la presente litis D. Lucas reclama frente a PIRAMIDE INMUEBLES Y SERVICIOS S.L. la suma de 2.000.000 pts., en concepto de devolución de arras duplicadas, con base en que el demandado ha incumplido las obligaciones que le corresponden como vendedor de una vivienda. Por la resolución de primer grado se estima la demanda, y frente a tal pronunciamiento se alza la demandada, que pretende, en síntesis: 1º- Que la demanda sea íntegramente desestimada al no haber incumplimiento por parte del vendedor y 2º- Subsidiariamente, que el pago se limite a la suma de 1.000.000 pts.

TERCERO

El primer motivo del recurso, plantea una simple "questio facti",correctamente resuelta en la sentencia de instancia respecto de la que sólo cabe abundar y precisar:

  1. La parte demandada invoca que en fecha 22-11-95 remitió a la actora una carta por conducto notarial, notificándole la resolución del contrato por causa del incumplimiento de la parte compradora; pero es lo cierto que ésta ya había requerido de cumplimiento a la vendedora mediante telegrama de 17-11-95; por tanto, con...

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