SAP Burgos 21/1999, 18 de Enero de 1999

PonenteMARIA TERESA CARRANCHO HERRERO
ECLIES:APBU:1999:70
Número de Recurso537/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución21/1999
Fecha de Resolución18 de Enero de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

SENTENCIA N° 21

En Burgos, a dieciocho de enero de mil novecientos noventa y nueve.-VISTO, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el rollo de Sala núm. 537/98, dimanante de los autos dé Menor Cuantía 191/97, del Juzgado de Primera Instancia núm. 7 de Burgos, sobre elevación a escritura pública de contrato de compraventa e indemnización de daños y perjuicios, en recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 30 de abril de 1998 , en el que han sido partes, como demandante apelante DON Jose Ignacio , mayor de edad, vecino de Melgar de Fernamental, representado por la Procuradora doña Mercedes Manero Barriuso y defendido por el Letrado don Fernando Dancausa Treviño; y, como demandado-apelado DON Paulino , mayor de edad, vecino de Madrid, no comparecido por lo que con el mismo se han seguido las diligencias en estrados de este Tribunal. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada doña María Teresa Carrancho Herrero, que expresa el parecer de la Sala.-ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO: " Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la procuradora doña Mercedes Manero Barriuso, en nombre y representación de don Jose Ignacio contra don Paulino , debo condenar y condeno al demandado a lo siguiente: 1.- A qué eleve a escritura pública el contrato privado de compraventa de fecha 22 de agosto de 1996, otorgado escritura pública de venta a favor del actor de las fincas del mencionado contrato, debiendo reflejarse en dicha escritura los pactos y estipulaciones que se contienen en contrato privado. 2º.- A que entregue al actor las mencionadas fincas libres de arrendamientos; cargas y gravámenes. 3º.- A que pague al actor el importe de todos los daños y perjuicios causados que se acrediten en ejecución de sentencia. Todo ello sin hacer expresa condena en las costas procesales-".-2º. Notificada la anterior resolución a las partes, por la parte demandante se presentó escrito interponiendo recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos; acordando la remisión de autos a esta Sección de la Audiencia Provincial.-3° Recibidos los autos y seguido el recurso por todos sus trámites, en el procedente se acordó señalar para la celebración de vista el día 13 de enero de 1999, a la que asistió el Letrado de la parte demandante-apelante, que informó en apoyo de sus pretensiones.-4° En la tramitación del...

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