SAP Asturias 38/2006, 30 de Enero de 2006

PonenteMARIA ELENA RODRIGUEZ-VIGIL RUBIO
ECLIES:APO:2006:141
Número de Recurso526/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución38/2006
Fecha de Resolución30 de Enero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª

SENTENCIA Nº38

En el Rollo de apelación núm. 526/05, dimanante de los autos de juicio civil Impugnación de Tasación de Costas, que con el número 405/05 se siguieron ante el Juzgado de Primera Instancia de Luarca, siendo apelante DOÑA Laura , demandada, representada por el Procurador Sr. Juan Ramón y asistida por el Letrado Sr. Álvaro López Castro y como parte apelada DON Valentín , demandante; ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Maria Elena Rodríguez Vígil Rubio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia de Luarca dictó sentencia en fecha 16 de Septiembre de 2005 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:" Estimo la impugnación efectuada por el Procurador Sr. González Méndez, en la representación que ostenta en este procedimiento, de la tasación de costas realizada el 22 de Junio de 2.005 por el Secretario Judicial, y acuerdo la modificación de la misma en el sentido de excluir de los honorarios del letrado Sr. Juan Ramón la partida correspondiente a la norma 85 a) del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo por importe de 534,92 euros y de los Derechos de la Procuradora la partida correspondiente a copias (art. 85 del Arancel) por importe de 6,17 euros. Con imposición de las costas a la parte impugnada-ejecutante"

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por Doña Laura , del cual se dio el preceptivo traslado a las demás partes conforme a lo dispuesto en el artículo 461 de la vigente Ley , que lo evacuaron en plazo formulando D. Valentín oposición al mismo. Remitiéndose posteriormente los autos a esta Sección, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 25 de Enero de 2006.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia estimó la impugnación por indebida de la tasación de costas practicada en la primera instancia, en relación a las causadas en un proceso de ejecución conoposición, y que venia referida tanto a los honorarios de Letrado como a los derechos girados por la Procuradora por la partida de "copias", todo lo cual determinó se impusieran las costas del incidente a la parte favorecida por la condena en costas.

En el recurso de la misma se denuncia, como primer motivo de impugnación, la improcedencia de la imposición de costas en la primera instancia con fundamento en que la duplicidad de partidas de honorarios del Letrado incluidas en la tasación y que determinó la impugnación de esa partida no le es imputable a la recurrente sino al propio Secretario del Juzgado al haber sumado en la tasación practicada el importe de dos minutas que fueron presentadas inicialmente, a instancia de la propia Secretaría, en forma alternativa saliendo al paso a la posibilidad o no de...

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