SAP Pontevedra 202/1999, 30 de Junio de 1999

PonenteFRANCISCO JAVIER VALDES GARRIDO
ECLIES:APPO:1999:1873
Número de Recurso478/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución202/1999
Fecha de Resolución30 de Junio de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA NUM. 202/99

Pontevedra, a treinta de Junio de mil novecientos noventa y nueve.

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de desahucio, seguidos ante

el Juzgado de 1ª Instancia de nº 9 de Vigo con el número 0427/98 (Rollo de Sala nº 0478/98), sobre

desahucio por falta de pago, en el que son partes: Como apelante Sofía ,

representada por la procuradora María Mercedes Perez Crespo y como apelada Clara ,, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO J. VALDÉS GARRIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Con fecha 6 de julio de 1998, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente, dice: "Que desestimando la demanda interpuesta por Dª Sofía , representada por el Procurador Dª MERCEDES PÉREZ CRESPO, contra Dª Clara , debo absolver y absuelvo a la expresada demandada de los pedimentos contra ella deducidos en el suplico de la demanda, imponiendo a la actora el abono de las costas causadas en la tramitación de la misma".

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación de Dña. Sofía y admitido en ambos efectos dicho recurso, se confirió traslado del mismo a las restantes partes personadas por término de cinco días, formulándose oposición a dicho recurso, en tiempo y forma por Dña. Clara .

Tercero

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y de impugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 28/9/98.

Cuarto

No habiéndose solicitado por ninguna de las partes el recibimiento del juicio a prueba en esta instancia, se acordó hacer entrega de los autos al Ponente para instrucción, y no estimándose precisa la celebración de vista, se señaló para la deliberación y fallo del recurso el día 24 de junio de 1999

Quinto

En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los fundamentos de derecho lº y 2º de la sentencia apelada, no así los fundamentos de derecho 3º y 4º.

PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia desestimatoria de la demanda, en la que se ejercita una acción resolutoria del contrato de arrendamiento de vivienda, por falta de pago del IBI que grava el inmueble arrendado, correspondiente a los años 1995 y 1996, recurre la arrendadora- demandante, disconforme con los argumentos aducidos por la Juzgadora de instancia para la desestimación de la demanda, al objeto de que su pretensión sea acogida.

SEGUNDO

La Juez de 1ª Instancia razona el rechazo de la demanda, en base a las dos siguientes consideraciones: 1) la improcedencia de repercutir al arrendador la cuota anual satisfecha del IBI en un sólo pago, por estimar que, al efectuarse el pago de la renta con carácter mensual, su abono por el inquilino debe fraccionarse en doce meses, como cantidad complementaria de la renta durante dicho periodo de tiempo a que su abono se contrae, a fin de no incrementar en demasía la contribución del inquilino...

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