SAP Madrid 343/1999, 12 de Noviembre de 1999

ECLIES:APM:1999:14756
Número de Recurso20041/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución343/1999
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª

SENTENCIA 343/99

AUDIENCIA PROVINCIAL

Ilmo. Sr de la Sección 23ª

D. RAFAEL MOZO MUELAS

En Madrid, a doce de Noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

El Ilmo.. Sr D. RAFAEL MOZO MUELAS, Magistrado de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2º párrafo 2º de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial , ha visto, en segunda instancia, la presentante apelación, contra Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 28 de Madrid, con fecha 10 de Junio de 1999 , en el Juicio de Faltas, seguido ante dicho Juzgado, bajo el nº 1012/98, habiendo sido partes: de un lado, como apelante, Jose Pablo , y de otro, como apelado, Seguros Mercurio, S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la sentencia apelada se establecen como hechos probados que: "Apreciando en conciencia la prueba practicada queda expresamente probado que el día 13 de Mayo de 1998, Jose Pablo caminaba por la calle Bravo Murillo y al llegar a la altura del nº 342 procede a cruzarla desde la acera de los impares a la de los números pares, y cuando está en el centro de la calzada, observa que próximo a él circula la motocicleta matrícula F-....-IC conducida por Jose Enrique sin darle tiempo a retirarse y poniendo las manos para evitar ser atropellado, hecho luctuoso que sin embargo se produjo, cayendo al suelo al igual que el motorista.

Como consecuencia de estos hechos Jose Pablo , resultó con lesiones consistentes en fractura troquiter humeral derecha. Fisura 1/3 distal radio derecho, de las que tardó en curar doscientos dos días, estando los mismos incapacitado para su trabajo habitual, y quedándole como secuela:

Capítulo 3.- Periartritis postraumática hombro derecho:

2-10 puntos.

Hombro doloroso 1-5 puntos.

La motocicleta se encontraba asegurada en la Cía Mercurio, con número de póliza 9877719.

EL Fallo es del tenor literal siguiente: Que debo absolver y absuelvo a Jose Enrique y al R. Legal dela Cía MERCURIO de los hechos que se les imputaban, declarando de oficio las costas procesales.

Una vez sea firme la presente resolución, díctese auto de responsabilidad objetiva.

SEGUNDO

Notificada esta resolución a las partes personadas, se interpuso recurso de apelación por Jose Pablo , admitiéndose el recurso en ambos efectos, y cumplido el trámite legalmente previsto, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección 23ª, se formó el presente rollo con el número

20.041/99, quedando las actuaciones vistas para dictar sentencia.

HECHOS PROBADOS

SE ACEPTAN íntegramente los que se declaran como tales en la Sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente va desgranando una serie de alegaciones tendentes a manifestar que ha existido error en la apreciación de la prueba e inaplicación del art. 621.3 y 4 del Código Penal...

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