SAP Asturias 326/2006, 4 de Octubre de 2006

PonenteGUILLERMO SACRISTAN REPRESA
ECLIES:APO:2006:2322
Número de Recurso242/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución326/2006
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA: 00326/2006

SENTENCIA NÚMERO 326/06

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000242 /2006

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Ignacio Álvarez Sánchez

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

Dª María del Pilar Muriel Fernández Pacheco

En Oviedo a, cuatro de octubre de dos mil seis.

VISTOS en grado de apelación por esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1077/2005, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 6 de OVIEDO, Rollo 242/2006, entre partes, como Apelante CONSTRUCCIONES GARCIA DE LA MATA, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. IGNACIO LOPEZ GONZALEZ, y bajo la dirección letrada de D. PABLO GARCIA VALLAURE, y como Apelados Dª Claudia representada por el Procurador de los Tribunales D. ANTONIO SASTRE QUIROS, y bajo la dirección letrada de D. LUIS ALVAREZ BARRO; y D. Marco Antonio .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de OVIEDO dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 6 de marzo de 2.006 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda promovida por Dª Claudia y D. Marco Antonio , contra CONSTRUCCIONES GARCÍA DE LA MATA, S.A., sobre reclamación de daños y perjuicios,- 1º.- Se condena a la entidad demandada a que indemnice a los actores en la cantidad de tres mil euros por los daños y perjuicios ocasionados.- 2º.- Sin expresa imposición de las costas, debiendo satisfacer cada parte las causadas a su instancia y las comunes por mitad.".TERCERO.- Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 4 de octubre de 2.006, quedando los autos para sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Guillermo Sacristán Represa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia que estima en parte la demanda de Dª Claudia y D. Marco Antonio , es impugnada por la demandada, CONSTRUCCIONES GARCÍA DE LA MATA SA, con base en dos motivos: el primero en relación con la inexistencia de incumplimiento contractual en que la resolución apoya la indemnización de 3000 euros; el segundo, con carácter subsidiario para el supuesto de desestimarse el primero, el equivocado cálculo que se hace para cuantificar tal indemnización.

SEGUNDO

El contrato firmado por los litigantes el 18 de diciembre de 2001 contenía, entre otros aspectos, que la vivienda...

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