SAP Madrid 1185/1999, 8 de Octubre de 1999

PonenteJESUS ANGEL GUIJARRO LOPEZ
ECLIES:APM:1999:12898
Número de Recurso149/1997
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución1185/1999
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 5ª

SENTENCIA 1.185/99

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

MADRID

SECCION 5ª, ILMOS SRES.

D. JOSE LUIS CALVO CABELLO

D. JESUS ANGEL GUIJARRO LOPEZ

DOÑA PALOMA PEREDA RIAZA

Jdo. 13

CAUSA 3600/96

ROLLO 149/97

En Madrid a 8 de octubre de 1999.

VISTA/OIDA en juicio oral y público, ante la SECCION V de esta AUDIENCIA PROVINCIAL la causa nº 3600/96 procedente del Juzgado de Instrucción nº 13 de Madrid, seguida por el trámite de Procedimiento Abreviado/ Sumario, contra Carlos Ramón , Bernardo Y Lucio , de nacionalidad francesa y argelina respectivamente, nacidos 27.7.67, 19.12.61 y 1.2.69 respectivamente, hijos de Pedro Jesús y Virginia , Rafael y Virginia y Pedro Enrique y Maribel respectivamente, con instrucción, sin /con antecedentes penales, y en libertad/prisión provisional por esta causa, en la que han sido partes el Ministerio Fiscal y dichos procesados representados por el / la Procurador/a Julia Pulido Royal, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JESUS ANGEL GUIJARRO LOPEZ.

I.- ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

El Ministerio Fiscal calificó definitivamente los hechos como constitutivos de un delito robo en grado de tentativa, del art. 237 y 242.1 del Código Penal , con la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, número 2 del art. 22 (abuso de superioridad), estimando autores criminalmente responsables a los acusados, por lo que solicitó se le impusieran a cada uno de los acusados, la pena de una año de prisión, con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, con imposición de las costas del procedimiento.

SEGUNDO

La defensa del acusado, en el mismo trámite, negó las correlativas del Ministerio fiscal y por considerar que su defendido era inocente del delito que se le imputaba, solicitó la libre absolución.

II.- HECHOS PROBADOSPRIMERO.- Sobre las 14,45 horas del día 6 de septiembre de 1996, cuando el súbdito chileno Juan Alberto , de 70 años de edad, circulaba, paseando, por la calle Preciados de esta capital, fue abordado por tres individuos, que le empujaron y sustrajeron la cartera, que llevaba en el bolsillo trasero del pantalón; sacando los billetes que portaba, pero que dejaron caer en el suelo al apercibirse de la presencia de agentes de policía, huyendo a continuación. Los agentes y público que se hallaba por el lugar devolvieron el...

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