SAP Madrid 35/1999, 26 de Enero de 1999

PonenteFRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT
ECLIES:APM:1999:892
Número de Recurso2/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución35/1999
Fecha de Resolución26 de Enero de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

SENTENCIA Nº 35/99

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

En Madrid a 26 de Enero de 1999.

VISTA, en segunda instancia, por la Ilmo., Sr. D. Francisco Jesús Serrano Gassent, Magistrado de la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparo, conforme a lo establecido en el art. 82.2°, párrafo 2°, de la Ley Orgánica del Poder Judicial , la presente apelación contra la sentencia dictada por la llora. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción n°24 de Madrid, de fecha 30 de Octubre de 1998 , aclarada por auto de 14 de Noviembre del mismo año, en la causa citada al margen, siendo parte apelante Dª. María Rosario y parte apelada la Mutua Madrileña Automovilista.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción n°24 de Madrid, se dictó sentencia de fecha 30 de Octubre de 1998 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Jose María como autor responsable de una falta de lesiones imprudentes del Art. 621.3 y 4 del Código Penal a la pena de un mes de multa a una cuota de quinientas pesetas diarias, que en la cantidad resultante de quince mil pesetas (15.000 pts) aquél deberá ingresar una firme la presente resolución en la cuenta de consignaciones de este Juzgado estableciéndose la responsabilidad personal subsidiaria en catorce día s de privación de libertad en caso de impago de la multa y al abono de las costas procesales. Aquel igualmente deberá ingresar en la misma cuenta a favor de Andrés la cantidad de cincuenta y cinco mil noventa y cinco pesetas (52.095 pts) por las lesiones causadas y diez mil quinientas pesetas (10.500 pts) por el importe de la batería inutilizada y a favor de María Rosario la cantidad de ciento cincuenta y siete mil doscientas cuarenta y cuatro pesetas (83.352 pts) por las lesiones causadas, declarándose la responsabilidad civil directa de la compañía Mutua Madrileña Automovilista, Procédase a la devolución a la compañía del exceso en la cantidad consignada ".

Por Auto de 14 de Noviembre de 1998 se aclaró la sentencia en el sentido de la indemnización a favor de María Rosario es de ochenta y tres mil trescientas cincuenta y dos pesetas.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por Dª. María Rosario recurso de apelación, que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido el recurso se dio traslado del mismo a las demás partes personadas para que alegasen lo que estimaran oportuno, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En fecha 11 de Enero de 1999, tuvo entrada en esta sección Sexta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación, y por auto de fecha 12 de Enero se denegó el recibimiento a prueba en esta segunda instancia y se señaló día para la resolución del recurso, fijándose la audiencia del día 25 de Enero de 1999, sin celebración de vista.

CUARTO

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos los hechos probados que figuran en la sentencia apelada.

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