SAP Barcelona 49/1999, 25 de Enero de 1999

PonenteDANIEL DE ALFONSO LASO
ECLIES:APB:1999:553
Número de Recurso827/1998
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución49/1999
Fecha de Resolución25 de Enero de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 7ª

SENTENCIA Nº 49/99

En Barcelona, a 25 de Enero de 1.999.

VISTO, en nombre de S.M. el Rey, en grado de apelación, por esta SECCIÓN SÉPTIMA de la Audiencia Provincial de Barcelona, el presente Rollo de Apelación nº827/98, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 116/98, procedente del Juzgado de lo Penal, nº 18 de los de Barcelona, seguido por un delito de (por una falta) de hurto, en el que se dictó sentencia el día 27 de Abril de 1.998

Ha sido parte apelante el procurador Sra. Lopez Lois, en nombre y representación de Juan Francisco ; y parte apelada el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La par te dispositiva de la sentencia apelada, a la que se ha hecho mención en el anterior encabezamiento, es del siguiente tenor literal: "FALLO, Que debo condenar y condeno al acusado Juan Francisco como autor de una falta de hurto en grado de tentativa, sin la concurrencia de circunstancias a la pena de un mes de multa con cuota diaria: de 1.000 pesetas y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas. Así como que indemnice a la empresa Emte Servicios en la suma de 25.000 pesetas, y a las costas del juicio. La multa deberá de hacerse efectiva en el término de 15 días a contar desde la firmeza de la presente resolución .

SEGUNDO

Notificada dicha resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación dentro del plazo legal de diez días ( art. 795.1º, L.E.Criminal ) por la parte apelante ya indicada en el encabezamiento de esta resolución. Admitido a trámite dicho recurso se cumplimentó por el Juzgado de lo Penal lo dispuesto en el art. 795.4º de la L.E.Criminal , de dar traslado del mismo a las demás partes que hubiere, por un, plazo común de otros diez días, para que pudieran alegar lo pertinente en defensa de sus derechos. Transcurrido ese término, los autos se elevaron a esta Audiencia Provincial de Barcelona.TERCERO.- Turnada la causa por adscripción del Juzgado de lo Penal- a esta Sección Séptima de la Audiencia, se dictó providencia ordenando la incoación del presente Rollo de Apelación, que fue numerado y registrado, designando" también al magistrado ponente con arreglo a criterios objetivos previamente establecidos ( art. 203 de la L.O.P.J .); y, tras examinarse las diligencias y los escritos...

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