SAP Murcia 32/1999, 4 de Febrero de 1999

PonenteANTONIO SALAS CARCELLER
ECLIES:APMU:1999:291
Número de Recurso430/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución32/1999
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 32

En la ciudad de Murcia, a cuatro de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio de Ejecutivo procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Lorca y seguidos ante el mismo con el nº 336/96 -Rollo nº 430/97-, en los que figura como demandante don Jesús , en el Juzgado representado por el Procurador Sr. González Marín y en esta alzada por el Sr. Tovar Gelabert y defendido por el Letrado Sr. Pérez Serrahima y como demandada la entidad aseguradora Europa S.A., en el Juzgado representada por el Procurador Sr. Carrasco Gimeno y en esta alzada por el Sr. Aledo Martínez y defendida por el Letrado Sr. Gómez Gimeno; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la entidad demandada contra la sentencia de fecha 26 de mayo de 1997, dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente don Antonio Salas Carceller, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente:

"FALLO: Que desestimando la oposición formulada por la representación procesal de la parte demandada, debo ordenar y ordeno seguir adelante la ejecución despachada, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados de la propiedad de la demandada Cía de Seguros Europa S.A. y con su producto entero hacer cumplido pago al actor, D. Jesús , de la cantidad de 1.816.000 ptas., más intereses legales de la misma desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el pago de la deuda y costas del procedimiento, a cuyo pago se condena expresamente a la parte demandada.##

Segundo

Contra la misma se interpuso en tiempo y forma por la entidad aseguradora demandada recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos elevándose los autos a esta Audiencia Provincial previos los oportunos emplazamientos, formándose el correspondiente Rollo en que comparecieron las partes debidamente representadas y, tramitado el recurso con arreglo a los de su clase, se señaló día para la vista, acto que ha tenido lugar el día 2 de febrero pasado con asistencia de los Letrados de las partes quienes informaron en defensa de sus respectivas pretensiones, quedando los autos vistos para sentencia.Tercero.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La sentencia impugnada, tras desestimar la oposición de la aseguradora demandada, basada en la culpabilidad exclusiva de la víctima en la producción del accidente por el que resultó lesionada, manda seguir adelante la ejecución despachada por el importe...

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