SAP Cantabria 645/1999, 9 de Diciembre de 1999

PonenteIGNACIO JAIME MATEOS ESPESO
ECLIES:APS:1999:2541
Número de Recurso632/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución645/1999
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

SENTENCIA NUM. 645

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Miguel Fernandez Diez

Doña. Clara Penin Alegre

Don Ignacio Mateos Espeso

En la Ciudad de Santander, a nueve de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Santander los presentes Autos de Juicio de Interdicto, núm. 163 de 1997, Rollo de Sala núm. 632 de 1997 procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Santander, seguidos a instancia de Abelardo contra Frida y Juan Manuel .

En esta segunda instancia ha sido parte apelante Abelardo , representado por el Procurador Sr. Ruiz Aguayo y defendido por el Letrado Sr. García Oliva; y apelado Frida y Juan Manuel , representados por el Procurador Sr. De la Fuente y defendidos por el Letrado Sr. Gomez Otero.

Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado don Ignacio Mateos Espeso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado nº Siete de Santander y en los autos ya referenciados, se dictó en fecha 4 de septiembre de 1997 Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO.-Desestimo la demanda interpuesta por la representación de D. Abelardo , contra Dª Frida y D. Juan Manuel

, por inadecuación de procedimiento, y en consecuencia, absuelvo a dichos demandados de los pedimentos en su contra articulados, con imposición al demandante de las costas del pleito."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la representación de la parte actora, interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado, y dado traslado del mismo a las demás partes a efectos de impugnación, se elevaron las actuaciones a esta Sección Segunda de la Audiencia, donde quedaron las mismas vistas para Sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, a excepción del plazo para dictar Sentencia por el volumen de asuntos que pesan sobre el órgano judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la sentencia de instancia en tanto no sean contradictorios con los que acontinuación se establecen y

PRIMERO

Por la representación procesal de D. Abelardo , se interpone recurso de apelación, contra la Sentencia desestimatoria de la demanda interdictal interpuesta, contra Dª. Frida y D. Juan Manuel , al apreciar la excepción de inadecuación de procedimiento. Entiende la parte apelante que además de producirse error en la apreciación de las pruebas practicadas, se ha vulnerado el hecho fundamental a la tutela judicial efectiva.

SEGUNDO

Para la resolución de este recurso hemos de partir de una premisa previa, cual es que ante la...

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