SAP Valencia 276/1999, 6 de Abril de 1999

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Valencia, seccion 7 (civil)
Fecha06 Abril 1999
Número de resolución276/1999

SENTENCIA Nº 276

Ilustrísimos Señores Magistrados:

Presidente.

D. José Fco Beneyto García Robledo.

Magistrados.

D. José Manuel Valero Diez.

Dª Carmen Tamayo Muñoz.

En la ciudad de Valencia a seis de abril de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación el juicio verbal de tráfico nº 437/97, entre partes en el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de LLiria; de una como demandados-apelantes, D. Fidel y la entidad Multinacional Aseguradora, y demandante-apelada y adherida a la apelación, la entidad "Estación de Servicio L#Andana S.L.".

Es Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Suplente, Dª Carmen Tamayo Muñoz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el presente procedimiento se dictó sentencia de fecha 1 de junio de 1998, en cuyo fallo se recoge de forma literal: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por ESTACION DE SERVICIO L `ANDANA, S.L., representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Mª José Sebastía Fabra, contra Fidel y contra la compañía aseguradora MULTINACIONAL ASEGURADORA, S.A., representada por el procurador D: José A. Navas González, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a dichos demandados a que solidariamente abonen a la actora la cantidad de noventa y siete mil sesenta pesetas (97.060. - ptas) y al pago de los intereses legales correspondientes de dicha cantidad, en la forma indicada en el fundamento jurídico cuarto; sin hacer expresa imposición de las costas causadas."

SEGUNDO

Frente a esta resolución, se presentó por los demandados, recurso de apelación, siendo admitido en ambos efectos, y se dio traslado del mismo a la contraparte, para que en el plazo de cinco días presentasen los correspondientes escritos de impugnación o de adhesión al recurso de apelación elevándose los autos ante esta Audiencia. Finalmente se señaló el día 26 de marzo para la celebración de la Votación y Fallo.

La parte apelante interesaba la revocación de la sentencia de primera instancia, y se dictase otra desestimando la demanda formulada de contrario con imposición de las costas a la parte actora. La parteactora-apelada y adherida a la apelación, solicitaba la desestimación del recurso de apelación planteado de contrario, y se revoque la sentencia dictada en la primera instancia, declarando la responsabilidad única de los demandados, y su obligación de indemnizar a la entidad actora e imposición de las costas de ambas instancias a los demandados.

TERCERO

En el presente procedimiento y rollo de apelación se han cumplido todas las prescripciones legales, a excepción del plazo para dictar sentencia debido a los múltiples asuntos pendientes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los recurrentes alegan que el Juzgador ha incurrido en un error en la valoración de la prueba, dadas las versiones contradictorias, dado que el conductor del vehículo, manifestaba que el empleado de la gasolinera le indicó que ya podía marcharse sin haber retirado antes la manguera de la gasolina, y mientras que el empleado negaba que le hubiese dicho algo. Y que de la forma en que se ha aplicado la carga de la prueba, debiendo ser los demandados los que tengan que probar que no cometieron los hechos imputados, olvidando que en ningún momento se ha probado que el empleado de la estación de servicio no tuviera culpa alguna en la producción del siniestro. Los recurrentes, siguen manifestando que, es en la mercantil demandante en la que recae la responsabilidad aquiliana del artículo 1.902 y 1.903 del Código Civil , ya que la negligencia en el trabajo...

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