SAP Valladolid 341/1999, 24 de Septiembre de 1999

PonenteALFONSO OLMEDO GONZALEZ
ECLIES:APVA:1999:1371
Número de Recurso332/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución341/1999
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 341

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL VALLADOLID

- Sección Primera Ilmos. Srs. Magistrados:

D. Francisco Javier Cambón García

D. José Ramón Alonso Mañero Pardal

D. Alfonso Olmedo González

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En Valladolid, a veinticuatro de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio de desahucio nº 55/99-B del Juzgado de 1ª Instancia núm. Nueve de Valladolid, seguido entre partes, de una como demandante-apelada "ENCINAS DE CERECEDA, S.L.", con domicilio en Málaga, que designó el domicilio de la Procuradora Sra. Camino Garrachón para oír notificaciones; y de otra, como demandados-apelantes D. Pedro Antonio y D. Alfredo y D. Eusebio , mayores de edad, casados, profesores y vecinos de Valladolid, quienes designaron el domicilio del Procurador Sr. Ares Rodríguez para oír notificaciones; sobre resolución de contrato de arrendamiento de local por extinción del plazo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 9 de Valladolid, por el mismo se dictó sentencia con fecha 5 de mayo de 1.999 , cuya parte dispositiva dice: "FALLO.- Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Camino en representación de la entidad Encinas de Cereceda S.L. contra Don Alfredo y Don Pedro Antonio y Don Eusebio , todos ellos representados por el Procurador Sr. Ares Rodríguez, debo declarar y declaro el desahucio por expiración del término del contrato de arrendamiento de los locales número NUM000 , NUM001 y NUM002 de la planta primera de las casas NUM001 , NUM003 y NUM004 del Paseo DIRECCION000 de Valladolid, acordando el desalojo de los demandados y puesta a disposición de la actora, con apercibimiento de lanzamiento si no lo realizan en el término legal, y con imposición de las costas procesales a los demandados". Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de los demandados, se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria, que impugnó el recurso. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del recurso el pasado día 14 de septiembre, en que ha tenido lugar lo acordado.TERCERO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Alfonso Olmedo González.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan y se dan por reproducidos los acertados razonamientos jurídicos de la resolución recurrida.

SEGUNDO

La sentencia de instancia que estima la demanda de desahucio por expiración del plazo contractual interpuesta por la entidad mercantil "Encinas de Cereceda, S.L.", contra D. Alfredo y D. Pedro Antonio y contra D. Eusebio , y en consecuencia declara haber lugar al desahucio de los locales destinados a oficinas número NUM000 , NUM001...

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