SAP Barcelona, 10 de Febrero de 1999
Ponente | CARLOS VILLAGRASA ALCAIDE |
ECLI | ES:APB:1999:1178 |
Número de Recurso | 1369/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 10 de Febrero de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª |
SENTENCIA Núm.
Ilmas/o Sras./Sr.
Dª. Mª EUGENIA ALEGRET BURGUES
Dª. NURIA ZAMORA PÉREZ
D. CARLOS VILLAGRASA ALCAIDE
En la ciudad de Barcelona, a diez de febrero de mil novecientos noventa y nueve.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio de menor cuantía, número 260/1995, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia número treinta y cinco de Barcelona, a instancia de RIBA INGREDIENTE S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. Ángel Joaniquet Ibarz y asistida por el Letrado D. Miguel Sotomayor Rodríguez, contra COYSE S.L., representada por el Procurador de los Tribunales D. Francisco Javier Manjarin Albert y defendida por el Letrado D. Luis María Polo Rodríguez: los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por COYSE S L ., contra la Sentencia dictada en los mismos el día dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y siete, por el Sr. Magistrado-Juez del expresado Juzgado .
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando la demanda interpuesta por la mercantil RIBA INGREDIENTE S.A. ( Inicialmente ARKADY ADM. IBÉRICA S.A.), condeno a la mercantil COYSE S.L. al pago de dieciocho millones ochocientas cincuenta y ocho mil novecientas cuarenta (18.858.940) pesetas, intereses y costas; rechazándose la reconvención formulada de contrario". Mediante Auto de aclaración de fecha tres de abril de mil novecientos noventa y siete dispuso el Juzgado "la aclaración de la sentencia dictada el día 18 de marzo de 1.997, indicando que la condena al pago de intereses se devengan desde la fecha de interposición de la demanda, condenando a la mercantil COYSE S.L. al pago de las costas de la demanda y de la reconvención".
Contra la anterior Sentencia se interpuso recurso de apelación por COYSE S.L.,mediante su escrito de fecha 11 de abril de 1997, dándose traslado a la parte contraria a la vez que se admitía en ambos efectos, elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso planteado, quedando los autos vistos para Sentencia.
Se señaló para su Vista, y así se desarrolló dicho acto, el día trece de enero de mil novecientos noventa y nueve.
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