SAP Lleida 7/1999, 8 de Enero de 1999
Ponente | ANTONI VAQUER ALOY |
ECLI | ES:APL:1999:13 |
Número de Recurso | 601/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 7/1999 |
Fecha de Resolución | 8 de Enero de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lleida, Sección 2ª |
SENTENCIA nº 7/99
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
D. PEDRO Mª GOMEZ SÁNCHEZ
MAGISTRADOS
Dª. MÓNICA CÉSPEDES CANO
D. ANTONI VAQUER ALOY
En la ciudad de Lleida, a ocho de enero de mil novecientos noventa y nueve
La Sección segunda de esta Audiencia Provincial, constituida por los señores anotados al margen, ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio de menor cuantía número 227/96 Seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e instrucción de Lleida num. 1, rollo de Sala n°. 601/98, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 27 de octubre de 1998 , dictada en el referido procedimiento. Es apelante, D. Enrique , representado por la procuradora Sra. Echauz y dirigido por el Letrado Sr. Dejuan Comella. Son apelados: la actora, SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN 1596 "NUFRI", representada por el Procurador Sr. Guarro y dirigida por el Letrado Sr. Querol Rosell y la demandada, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA , ARAGON Y RIOJA, representada por el Procurador Sr. Daura y dirigida por el Letrado Sr. Llena Segarra. Es ponente de esta sentencia el Magistrado D. ANTONI VAQUER ALOY.
ANTECEDENTES DE HECHO)
La parte dispositiva de la indicada sentencia dice literalmente así: "FALLO = Que estimando íntegramente la demanda promovida por la Sociedad Agraria de Transformación 1595 "NUFRI" contra Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja y contra D. Enrique , debo de condenar y condeno a los codemandados a que abonen al actor de forma solidaria la cantidad de 351.880 pesetas, más los intereses legales desde el 29.5.96, más las costas causadas en esta instancia a cuyo pago se les condena..."
Contra la anterior sentencia, la parte demandada, Enrique formalizó recurso de apelación, que el Juzgado admitió en ambos efectos y dio traslado del mismo a la otra parte, que lo impugnó. A continuación, remitió los autos a esta Audiencia, Sección segunda.
Una vez recibidos los autos, el Tribunal acordó formar rollo y designó Magistrado ponente, al que se entregaron las actuaciones para que, previa deliberación, propusiera a la Sala laresolución oportuna.
En la tramitación de esta segunda instancia, se han observado las prescripciones legales esenciales.
El apelante DON Enrique se incorporó como socio colaborador a la SAT 1596 "NUFRI" en agostó de 1994 (doc. 3 de la demanda, obligándose a permanecer en ella durante un período de seis años durante los cuales se comprometía a entregar...
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