SAP Barcelona 506/2007, 28 de Septiembre de 2007

PonenteAMPARO RIERA FIOL
ECLIES:APB:2007:12119
Número de Recurso652/2006
Número de Resolución506/2007
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

SENTENCIA N ú m. 506/2007

Ilmos. Sres.

Dª. AMPARO RIERA FIOL

Dª. MERCEDES HERNÁNDEZ RUIZ OLALDE

Dª. MIREIA RÍOS ENRICH

En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de septiembre de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 309/05, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Berga, a instancia de la empresa CONSTRUCCIONES MARCOS-PONS, S.L., representada por la Procurador Doña Marina Palacios Salvadó y asistida por el Letrado Don David Coma Salvans, contra Don Guillermo , representado por el Procurador Don Jorge Rodríguez Simón y asistido por la Letrado Doña Anna Marginet Badia; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, y la impugnación formulada por la empresa actora, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 22 de febrero de 2006, por la Sra. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMO sustancialmente la demanda interpuesta por CONSTRUCCIONS MARCOS-PONS SL contra D. Guillermo , y en consecuencia, debo condenar y condeno a D. Guillermo a abonar a CONSTRUCCIONS MARCOS- PONS S.L. la cantidad de 15.491,98 euros. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, y formuló impugnación la parte actora, mediante sus escritos motivados, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 24 de mayo de 2007.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Doña AMPARO RIERA FIOL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Juzgadora de instancia considera que, pese a la ausencia de autorización escrita de la propiedad para la ampliación de la obra inicialmente presupuestada, el demandado observó las modificaciones que se iban efectuando y no se opuso a las mismas, sin que, respecto de la adecuación del precio de la obra final al presupuesto, pueda invocarse el artículo 10 de las condiciones del proyecto de obra efectuado por el Arquitecto Don Juan Miguel , dado que dicho pliego de condiciones no está firmado por la empresa actora como contratista de la obra, por lo que, estima la demanda, si bien efectúa la compensación parcial de determinados créditos alegados por la parte demandada, incluyendo en concreto la cantidad de 88,81 euros por el concepto de limpieza del foso y trabajos efectuados para la colocación del elevador, más 755,94 euros por nivelado del pavimento de la planta segunda, que debía realizar la parte actora, y condena al demandado a abonar a la empresa actora la cantidad de 15.491,98 euros, así como las costas.

SEGUNDO

En el recurso interpuesto, la parte demandada alega, en síntesis, error en la apreciación de la prueba practicada, falta de pronunciamiento sobre todos los motivos de oposición argumentados en la contestación, y error en la fijación de sus posiciones respecto a los temas objeto de litigio con la empresa actora.

En primer lugar, señalar que es cierto que tanto el legal representante de la empresa actora como el Arquitecto de la obra, Sr. Juan Miguel , reconocieron que algunas partidas incluidas en el presupuesto aportado como documento número 1 de la demanda se suprimieron o bien se ejecutaron en parte, y que, si bien no se facturaron, facilitaron y simplificaron a la actora la ejecución de la obra, aportando el Sr. Guillermo determinadas partidas de materiales, como los encofrados y piezas de alicatado de baños y cocina. Sin embargo, es más cierto que ambos manifiestan que la...

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