SAP Barcelona, 10 de Diciembre de 2001

PonenteGUILLERMO RAMON CASTELLO GUILABERT
ECLIES:APB:2001:11462
Número de Recurso369/2001
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 3ª

SENTENCIA Núm.

En la ciudad de Barcelona, a diez de diciembre de dos mil uno.

VISTO, en grado de apelación, por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a de la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial D./Dª. Guillermo Castelló Guilabert, el Juicio de Faltas seguido bajo el número 677/2000 por el Juzgado Instrucción 1 Cerdanyola del Vallés, por una falta de Lesiones, en el que fueron partes D./Dª. Fernando y el Ministerio Fiscal por la acusación pública; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por D./Dª Fernando contra la Sentencia dictada en los mismos el día 23 de marzo de 2001 por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho y Hechos Probados de la sentencia recurrida.

PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor litera- siguiente: "FALLO: Condenando a D. Fernando como autor de una falta de lesiones a la pena de dos meses multa a razón de trescientas pesetas de cuota día, con arresto subsidiario en establecimiento penitenciario de 30 días en caso de impago de la pena de multa así como a indemnizar al perjudicado en la suma de 628.388 pesetas y pago de las costas causadas.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por D./Dª. Fernando y admitido se le dio el trámite correspondiente por el Juzgado instructor, elevándose las actuaciones a esta Sección de la Audiencia para la resolución del recurso.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia recurrida.

PRIMERO

Contra la sentencia que le condena como autor de una falta de lesiones, Fernandoformula recurso de apelación en el que impugna la cuantía de la indemnización alegando infracción de los arts. 114 y 115 del Código Penal.

SEGUNDO

Bajo la invocación del art. 114 del Cód. Penal, el recurso sostiene que debe corregirse el periodo de sanidad porque la lesión que produjo el impedimento para la ocupación habitual es una capsulitis postraumática que se produjo la víctima al golpear al denunciado.

La argumentación se basa en una simple conjetura carente de la más mínima corroboración probatoria. En primer lugar, porque hay que respetar los hechos...

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