SAP Asturias 101/1999, 2 de Marzo de 1999

PonenteMARIA ELENA RODRIGUEZ-VIGIL RUBIO
ECLIES:APO:1999:851
Número de Recurso485/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución101/1999
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª

SENTENCIA N° 101

En el rollo de apelación número 0485/98, dimanante de los autos de juicio de Cognición, que con el número 0029/98 se siguieron ante el Juzgado de 1ª Instancia de Piloña-Infiesto, siendo apelante D. Gaspar , demandado en Primera Instancia; y siendo apelado D. Santiago , demandante; ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª Mª Elena Rodríguez Vigil Rubio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de II Instancia de Piloña dictó Sentencia con fecha 4 de mayo de 1.998 , en los autos referidos, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que, estimando parcialmente la demanda formulada por D. Santiago , debo condenar y condeno a D. Gaspar apagar a D. Santiago , la cantidad de ciento noventa y siete mil ciento noventa y ocho pesetas (197.198 ptas.) e intereses legales de demora, con expresa imposición a D. Gaspar de las costas causadas en este proceso".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso por la parte demandada recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado conforme al Articulo 734 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , remitiéndose los autos a esta sección y previos los trámites legales, quedaron vistos para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia, sin pronunciarse sobre el pacto de espera invocado por el demandado como principal de sus motivos de oposición, lo que supone un claro defecto constitutivo de incongruencia omisiva, estimó parcialmente la pretensión reclamatoria deducida en la demanda en reclamación de rentas adeudadas y gastos de electricidad impagados por el actor arrendador contra el arrendatario demandado, al deducir de la postulada el importe de la fianza, imponiendo ello no obstante las costas a este último; pronunciamientos frente a los que se alza el recurso principal del demandado insistiendo en la inexigibilidad de la deuda en la fecha de presentación de la demanda en virtud del pacto de espera o tiempo de cumplimiento de la obligación fijado en el documento de reconocimiento de deuda suscrito por el mismo el día 8 de noviembre de 1997 acompañado con la demanda; recurso al que se adhirió el actor solicitando que la condena se extienda al total objeto de la reclamación sin deducción...

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