SAP Toledo 6/1999, 10 de Febrero de 1999

PonenteMARIA TERESA MARTIN LOPEZ
ECLIES:APTO:1999:138
Número de Recurso58/1998
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución6/1999
Fecha de Resolución10 de Febrero de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª

SENTENCIA N° 6

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCIÓN PRIMERA

ILMO. SR. PRESIDENTE

D. JOSÉ LUIS QUESADA VAREA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. EMILIO BUCETA MIILLER

DÑA. Mª TERESA MARTIN LOPEZ

En la ciudad de Toledo, a diez de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

Esta Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Sres. expresados al margen, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente

SENTENCIA

Vista ante esta Audiencia Provincial, enjuicio oral y público, la presente causa dimanante del procedimiento abreviado número 42/38 del Jugado de Instrucción número 1 de Illescas, Rollo de Sala número 58/98, seguida por un delito de robo contra Juan Luis , nacido el 10 de marzo de 1971, hijo de Raúl y de Lina , natural de Madrid, domiciliado en Toledo, calle DIRECCION000 , número NUM000 , cuyo estado civil y profesión no constan, con D.N.I. número NUM001 , sin antecedentes penales, representado por el Procurador de los tribunales Sra. Del Prado y defendido por el Letrado Sr. García Raband, y contra Evaristo

, nacido el 5 de mayo de 1980, hijo de Pedro Antonio y de Marí Juana , natural de Almería, con domicilio en Toledo, calle DIRECCION000 , número NUM000 , cuyo estado civil y profesión no constan, con D.N.I: número NUM002 , sin antecedentes penales, representado por el procurador de los Tribunales Sra., Conde Gómez y defendido por la Letrada Sra. Mascaraque Fontecha, ambos acusados en prisión provisional por esta causa desde el día 8 de enero hasta la actualidad, salvo ulterior comprobación; siendo parte el Ministerio ]Fiscal, representado por el Ilmo.. Sr. D. José Muncharaz Muncharaz, y ponente la Ilma. Magistrada Dña. Mª TERESA MARTIN LOPEZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La presente causa fue incoada el día 28 de enero de 1998 con el número de diligenciasprevias 1901/97 del Juzgado de instrucción número 1 de Illescas en virtud de atestado policial instruido por un delito de robo, y, tras la práctica de las diligencias que el instructor estimó oportunas, el 15 de julio del mismo año se dio traslado de las diligencias al Ministerio Fiscal a los efectos prevenidos en el artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal, una vea abierto el juicio oral y antes del inicio de la práctica de la prueba modificó sus conclusiones provisionales, calificando los hechos como constitutivas de un delito de robo con violencia o intimidación de los artículos 237 y 242 del Código Penal y una falta de lesiones del art. 617 del mismo Texto legal , del que reputó autores a Juan Luis y a Evaristo del delito de robo y a Evaristo de la falta de lesiones, apreciando en este último la circunstancia atenuante 3ª del articulo 9 dei Código Penal con aplicación del art. 65 de...

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