SAP Barcelona, 2 de Octubre de 2001
Ponente | MIREIA RIOS ENRICH |
ECLI | ES:APB:2001:8985 |
Número de Recurso | 626/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 2 de Octubre de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
SENTENCIA Núm.
Ilmos. Sres.
D. VICENTE CONCA PÉREZ
Dª.AMPARO RIERA FIOL
Dª. MERCEDES HERNÁNDEZ RUIZ OLALDE
Dª MIREIA RIOS ENRICH
En la ciudad de Barcelona, a dos de octubre de dos mil uno.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Cognición, nº 383/96 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Vilanova i la Geltru, a instancia de TELEFONICA DE ESPAÑA representados por el Letrado D. Joan Laporta Estruch, contra D. Alvaro representado por el Letrado D. Martín Casao Ayarza; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Alvaro contra la Sentencia dictada en los mismos el día 21 de febrero 2000, por la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda formulada por el procurador Dª. Mª. Teresa Mansilla Robert en nombre y representación de la Entidad TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A., contra D. Alvaro , debo condenar y condeno a éste último a satisfacer a la actora la cantidad de 213.787 PESETAS, en concepto de pago del precio de los servicios telefónicos prestados y no satisfechos, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, así como al pago de las costas procesales".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito de fecha tres de mayo de dos mil; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y Fallo el día UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL UNO.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª.. MIREIA RIOS ENRICH.
Contra la sentencia recaída en la instancia que estimó la demanda formulada por la Compañía "Telefónica de España, S.A." en reclamación de las facturas presentadas con el escrito de demanda, ha planteado recurso de apelación la representación de la parte demandada.
En primer término, alega el demandado DON Alvaro la existencia de graves deficiencias de índole procesal por cuanto nunca se le notificó la denegación definitiva, si ésta se produjo, del derecho de asistencia jurídica gratuita.
En segundo lugar, invoca el recurrente la excepción de falta de legitimación pasiva del demandado DON Alvaro sosteniendo que la parte demandada tuvo que ser NUVIOLA Y TORNE S.L.
Finalmente, expone el apelante la excepción de prescripción con arreglo a lo establecido en el artículo 1.967-4º del Código Civil.
Así, en primer término, alega la parte demandada la existencia de graves deficiencias de índole procesal por cuanto nunca se le notificó la denegación definitiva, si ésta se produjo, del derecho de asistencia jurídica gratuita.
En este sentido, emplazado el demandado DON Alvaro , en fecha 11 de febrero de 1.997, interesó el reconocimiento del beneficio de justicia gratuita, a los efectos de contestar a la...
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