SAP Albacete 19/1999, 10 de Marzo de 1999

PonenteEDUARDO SALINAS VERDEGUER
ECLIES:APAB:1999:164
Número de Recurso24/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución19/1999
Fecha de Resolución10 de Marzo de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

SENTENCIA N°19

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Presidente:

Ilmo. Sr. D. Eduardo Salinas Verdeguer

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Francisco Espinosa Serrano

Ilmo. Sr. D. José García Bleda

En Albacete, a diez de marzo de mil novecientos noventa y nueve. Vistos por la Sección Primera de

la Audiencia Provincial de Albacete en grado de apelación, los presentes autos número 460 de 1997, seguidos ante el Juzgado de lo Penal número Uno de Albacete, sobre ROBO, contra Rubén , en esta instancia apelante, representado por el Procurador Don Gerardo Gomez Ibañez y defendido por el Letrado Doña Julia Armero Zamora, interviniendo el Ministerio Fiscal en concepto de apelado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Eduardo Salinas Verdeguer.

ANTECEDENTES DE HECHO

Aceptando los antecedentes de hecho y hechos probados de la sentencia apelada y

PRIMERO

Por el citado Jugado se dictó la referida sentencia, que contiene el siguiente relato de hechos probados "UNICO.- En Albacete, la noche del 7 al 8 de febrero de 1996, el acusado Rubén , mayor de edad y con numerosos antecedentes penales, al haber sido ejecutoriamente condenado entre otras en sentencias de fechas 2-9-85, 6-2-84, 10-6-88 y 1-4-91 por delitos de robo, con ánimo de lucro, penetró en el taller de Cuchillería propiedad de Jose Pablo , sito en la carretera de Mahora, para lo cual hubo de forzar los barrotes de hierro de una ventana, rompiendo el cristal de la misma, así como el de la puerta de entrada, y ya en el interior se apoderó de 60 navajas de bloqueo, 5 kg. de remaches, otros 5 kg. de alambre de empuñar cuchillos y 40 kg. de alambre de armar navajas, efectos tasados en 100.000 pesetas, ascendiendo a 20.000 el importe de los daños. Días después procedio a vender las navajas sustraídas, a unas quinientas pesetas cada una, haciéndolo entre otros al acusado Jose Pedro , mayor de edad y con numerososantecedentes penales, al haber sido ejecutoriamente condenado entre otras en sentencias de fechas 28-11-91 y 12-5-93, al cual a sabiendas de su ilícita procedencia le compró urca de las referidas navajas, que fue recuperada en su poder y entregada a su propietario en depósito." La parte dispositiva de la sentencia apelada dice así: "Fallo: Que debo condenar y condeno a Rubén , corro autor responsable de un delito de robo con fuerza en las cosas de los artículos 500, 504.2 y 505 del Código Penal de 1973 , a la pena de UN AÑO DE PRISION, con la accesoria de suspensión del...

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