SAP Pontevedra 434/2003, 30 de Junio de 2003

PonenteVICTORIA EUGENIA FARIÑA CONDE
ECLIES:APPO:2003:2429
Número de Recurso244/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución434/2003
Fecha de Resolución30 de Junio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 5ª

SENTENCIA NUM. 434/2003

En Vigo (PONTEVEDRA ), a treinta de junio de dos mil tres

La Sección 5 de la Iltma. Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, con sede en Vigo, ha visto en grado de apelación, los autos de MENOR CUANTIA 870/2001 del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de VIGO seguido entre partes, de una como apelante-demandante, Luis , representado por el Procurador Sr. Carrazoni Fuertes, y de otra, como apelado-demandado, Nieves , representado por el Procurador Sr. Marquina Tesouro, sobre cobro de lo indebido.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de VIGO, por el mismo se dictó sentencia con fecha 22 de febrero de 2001, cuyo fallo textualmente dice:

"SSª acuerda dar lugar a la cuestión de Competencia por Declinatoria de Jurisdicción formulada por la representación de DOÑA Nieves , contra la demanda formulada por DON Luis , frente a la misma dándose lugar a la inhibición en el conocimiento de la litis, y ordenando la remisión de los autos al Juzgado de DEcano de Madrid para su reparto entre los de 1ª instancia de dicho partido según corresponda, emplazándose previamente a las partes ante dicho órgano para que comparezcan en el mismo personándose en forma en el término improrrogable de 10 días, todo ello sin hacer expresa impsoción delas costas. Déjese testimonio en autos de esta resolución y traígase al libro de Sentencias la original.".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por Luis se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación del mismo el pasado día 25 de Junio del año en curso., en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. DÑA VICTORIA EUGENIA FARIÑA CONDE, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por D. Luis se formula recurso de apelación contra la sentencia de fecha 22.2.2001 alegando que la acción ejercitada en la demanda es una acción de carácter personal que nace de la obligación que tiene la demandada de devolver el importe de los dividendos indebidamente percibidos y aplicando la regla 1ª del art. 62 LEC 1881 juez competente será el del lugar en que deba cumplirse la obligación, es decir donde ha...

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