SAP Tarragona, 3 de Octubre de 2003
Ponente | MARIA SARA UCEDA SALES |
ECLI | ES:APT:2003:1270 |
Número de Recurso | 211/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 3 de Octubre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª |
SENTENCIA NUM.
ILTMOS. SRES:
PRESIDENTE
D. ANTONIO CARRIL PAN
MAGISTRADOS
Dª. PILAR AGUILAR VALLINO
Dª. SARA UCEDA SALES
En Tarragona, a tres de octubre de 2003.
La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, integrada por los Iltmos. Sres. Anotados al margen, ha VISTO y admitido el recurso de apelación interpuesto por D. Romeo , representado en la instancia por el Procurador Sr. Marcelo Cairo Valdivia, y defendido por el letrado D. Ramón Cliville Montagut, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Reus en fecha 14 de enero de 2003, en autos de Juicio ordinario nº 559/2002, en los que figura como parte demandante el recurrente y, como parte demandada, D. Juan Ignacio .
ACEPTANDO y dando por reproducidos los de la Sentencia recurrida.
La sentencia apelada contiene la siguiente parte dispositiva:
"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Romeo , representado por el Procurador de los Tribunales D. Marcelo Cairo Valdivia, y asistido por el Sr. Letrado D. Ramón Criville Montagut, contra
D. Juan Ignacio , representado por el Procurador de los Tribunales D. Jaume Pujol i Alcaine, y asistido por la Sra. Letrado Dª. Mercedes Cora Calabuig, DEBO CONDENAR Y CONDENO a dicho demandado a pagar al actor la suma de DOS MIL VEINTIOCHO EUROS CON QUINCE CENTIMOS (2.028,15 euros), más losintereses previstos en el art 576 de la LEC. Se imponen las costas del procedimiento a la parte actora. "
Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y dándose traslado del mismo a las demás partes personadas, por la representación procesal del demandado se formulo escrito de oposición al recurso de apelación, solicitando la confirmación de la sentencia y la imposición de las costas de segunda instancia.
Que en la tramitación de ambas instancias del procedimiento se han observado las normas legales.
VISTO y siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. SARA UCEDA SALES
En el primer motivo del recurso de apelación se solicita la nulidad de actuaciones por denegación de la petición de suspensión de la vista del juicio generadora de indefensión, sosteniendo que se ha producido una estricta interpretación y
aplicación de lo dispuesto en el art 188.6º apartado tercero, considerando que las normas deben interpretarse a la luz de los principios inspiradores del ordenamiento jurídico, muy especialmente del derecho a la tutela judicial efectiva, y que el simple retraso en la petición de la suspensión de la vista, cuando consta acreditada la existencia de coincidencia de señalamientos que imposibilitaban la asistencia del letrado a la celebración del acto de juicio, no puede generar la indefensión que manifiesta haber sufrido al no haber podido comparecer.
Del examen de las actuaciones se desprende que en fecha 5 de noviembre de 2002, fecha de celebración de la Audiencia Previa, se señaló como fecha de juicio el día 13 de enero de 2003 a las 10,00h. En fecha 8 de enero de 2003 se presentó escrito por la parte actora poniendo en conocimiento del Juzgado la coincidencia de dicho señalamiento con otro en el Juzgado de lo Penal nº 1 solicitando la suspensión del juicio ordinario, acompañando copia del señalamiento del Juzgado de lo Penal nº 1, del que se desprende que por Providencia de 8 de octubre de 2002 se señalaba un juicio penal a celebrar el día 13 de enero de 2003 a las 10,15 horas. Por Providencia del mismo día 13 de enero de 2003 se denegaba la suspensión solicitada, celebrándose el juicio ordinario en dicha fecha no compareciendo ni la parte demandante ni su letrado.
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