SAP Barcelona, 4 de Diciembre de 1998

PonenteMARIA DEL CARMEN OCAÑA MARTIN-GONZALEZ
ECLIES:APB:1998:10610
Número de Recurso415/1998
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 9ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. GERARD THOMAS ANDREU

Dª CARMEN OCAÑA MARTIN GONZÁLEZ

Dª Mª DEL CARMEN CIFUENTES POLO

En la ciudad de Barcelona, a cuatro de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

VISTA, en nombre de S.M. el Rey, en juicio oral y público ante la Sección Novena de esta Audiencia Provincial, la presente causa n° 4284/98, rollo n° 12612/98, procedente del Juzgado de Instrucción nº 29 de Barcelona, por el delito contra la salud pública contra el acusado Inocencio , de 74 años de edad, hijo de Francisco y de Eulalia, natural de Zaragoza y vecino de Barcelona; sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por la presente causa, representado por la Procuradora Dª Eulalia Castellanos Lauger y defendido por Dª Mª Carmen Jiménez Jiménez, siendo parte el ministerio Fiscal; y Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª CARMEN OCAÑA MARTIN GONZÁLEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se declara probado que sobre las 19 horas del día 16 de noviembre de 1998, el acusado Inocencio , mayor de edad y sin antecedentes penales, detenido por agentes de la Guardia Urbana de Barcelona, en la calle Almirante Cervera de Barcelona, a la que se había dirigido procedente de la calle Villajoiosa, tras salir de su domicilio sito en el inmueble nº 30 de la citada calle en compañía de David Maestre, quién fue posteriormente detenido y al que sé ocupó una bolsita conteniendo 0,614 gramos de cocaína.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas, califico los hechos de autos como constitutivos de un delito contra la salud pública, comprendido y penado en el articulo 368 del Código Penal , estimando como responsable del mismo en concepto de autor al acusado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, y pidió se le impusiera la pena de CINCO AÑOS de prisión y multa de DIEZ MIL (10.000) PESETAS, accesorias correspondientes y pago de costas, solicitando igualmente se le abone el tiempo de prisión provisional sufrida.

TERCERO

Por su parte la defensa del acusado solicitó su libre absolución por considerar, noacreditados los hechos objeto de acusación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos que se declaran probados no son constitutivos del delito CONTRA LA SALUD PÚBLICA, por el...

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