SAP Barcelona 331/1999, 22 de Abril de 1999
Ponente | DANIEL DE ALFONSO LASO |
ECLI | ES:APB:1999:3608 |
Número de Recurso | 692/1997 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 331/1999 |
Fecha de Resolución | 22 de Abril de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 7ª |
SENTENCIAN°-331 / 99
En Barcelona a 22 de Abril de 1.999.
VISTA,por conformidad de las partes en el acto del juicio oral, ante la SECCION SÉPTIMA de esta Audiencia Provincial, la presente causa, tramitada por el Procedimiento Abreviado para determinados delitos, Diligencias Previas n°-692/97, número de orden de Sala 428/98, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 9 de Badalona, seguido por el delito de robo con fuerza, contra el/los acusados D. Alonso , con D.N.I. n°- NUM000 , nacido el día de 30 años de edad, hijo de Juan Enrique y de Guadalupe , natural de Badalona, sin antecedentes penales, en situación de libertad por la presente causa, Representado por el Procurador de los Tribunales Sra. Satorras Calderón y defendido por la Letrado en Derecho Sra. María del Mar Candomeque, Siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal en virtud de lo dispuesto en su Estatuto Orgánico de 1.981, y Ponente el Ilmo. Sr. D. DANIEL DE ALFONSO LASO, que expresa el parecer del Tribunal.
. ANTECEDENTES DE HECHO
Probado por conformidad de las partes en el acto del juicio oral, y así se declara: sobre las 1:45 horas del día 25-3-97, el acusado Alonso , mayor de edad y sin antecedentes penales, se encaramó a la cañería de un edificio de la calle Pi i Gilbert nº 31-33 de Sant Adriá del Besós, escalando los pisos primero y segundo hasta llegar a la azotea y todo ello con el ánimo de enriquecerse injustamente accediendo a una vivienda en la que sustraer objetos de su interés. No llegó a lograr su propósito dada la intervención policial motivada por el derribo de una maceta a la vía pública.
Que por el ministerio Fiscal en sus conclusiones provisionales se calificaron los hechos como constitutivos de un delito de robo con fuerza intentada de los Artículos 237, 238 nº 1 y 240 y 241 y 16 y 62 del C.P . siendo autor el acusado en quien no concurren circunstancias y para el que solicitó la pena de 18 meses de prisión, accesoria legal y costas.En el acto del juicio oral, antes de la celebración de la prueba, dicho Ministerio Fiscal presentó nuevo escrito, en el que modificó la quinta en el sentido de solicitar las penas de 5 meses de prisión elevando el resto a definitivas.
Acordando la acusación y la defensa con la conformidad del acusado pedir al Tribunal que proceda a dictar Sentencia de conformidad con dicho escrito de acusación
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