SAP A Coruña, 17 de Diciembre de 1998
Ponente | ANTONIO RUBIN MARTIN |
ECLI | ES:APC:1998:3279 |
Número de Recurso | 462/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 17 de Diciembre de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 5ª |
SENTENCIA
En A Coruña a diecisiete de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
En el recurso de apelación civil número 0462/97, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° 4 de A Coruña, en Juicio verbal Civil llevado con el n° 0580/96, sobre "Reclamación de cantidad", siendo- la cuantía del procedimiento de ciento treinta y cuatro mil setecientas cuarenta y cuatro -334.744- pesetas, seguido entre partes: Como Apelante- Demandante D. Adolfo , quien designa a efectos de notificaciones el despacho del Procurador Sr. Cortiñas Fariña; como Apelado-Demandado LINEA DIRECTA ASEGURADORA, quien designa á los mismos efectos el despacho de Procurador Sr. Tovar de Castro;- como Demandados declarados en Rebeldía D. Juan Francisco y DOÑA Leticia . Siendo Ponente el/a Iltmo/a. Sr./a DON ANTONIO RUBÍN MARTÍN.
Que por el Iltmo. Sr. Magistrado-juez del Juzgado dé Primera Instancia n° 4 de A Coruña, con fecha 25 de Abril de 1997, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice coma sigue: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por Don Adolfo , debo condenar y condeno solidariamente a los demandados D. Juan Francisco , Doña Leticia y Cía Línea Directa Aseguradora S.A. a que abonen al demandante la cantidad de 84.744 pesetas, más los intereses legales .previstos en el art. 20 de la Ley de Contrato y Seguro a computar desde la fecha del siniestro por lo que se refiere a la. Cía aseguradora. Sin hacer expresa imposición de Gastas a ninguna de las partes".
Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y formarecurso de ,interpuso por el demandante que le fue admitido en ambos efectos, y remitidas las actuaciones a este Tribunal, se señaló para deliberar el día 15 de diciembre de 1998, fecha en la que tuvo lugar.
F U N D A M E N T O 5 J U R I D I C O S
Se aceptan los de la sentencia recurrida; y
Laparte apelante precisó, comoúnico motivo del recurso; su disconformidad con el pronunciamiento de la sentencia de instancia, que estima parcialmente los pedimentos de la demanda, al no incluirse en él el importe de la reclamación de 50.000 pesetas por perjuicios derivados de la paralización de vehículo durante el tiempo de reparación; el recurso, en contra de lo que sostiene la parte recurrida, estuvo bien admitido,...
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