SAP Córdoba 107/2001, 26 de Octubre de 2001
Ponente | FELIPE LUIS MORENO GOMEZ |
ECLI | ES:APCO:2001:1316 |
Número de Recurso | 105/2001 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 107/2001 |
Fecha de Resolución | 26 de Octubre de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª |
SENTENCIA NUM. 107-01
ILMO. SR.
MAGISTRADO
D. FELIPE L. MORENO GÓMEZ
En CORDOBA a veintiséis de octubre de 2.001
Vista en grado de apelación por el Ilmo. Sr. D FELIPE L. MORENO GÓMEZ, Magistrado de esta Audiencia Provincial de Córdoba Sección Tercera, el presente Rollo de Faltas n° 105/2001; en primera instancia por el Juzgado de PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO con el n° de Juicio de Faltas 72/2001 por falta de lesiones y daños en tráfico, en el que ha sido parte apelante Armando , MECANOEX, S.A. Y LE MANS SEGUROS ESPAÑA S.A., asistidos del Letrado Sr. Ruíz Jiménez; y como apelado Fidel , representado por la Procuradora Sra. Durán López y asistido del Letrado Sr. Serrano Polo, siendo parte el Ministerio Fiscal.
Por el Sr. Juez del Juzgado de PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO se dictó con fecha 14-09-01 sentencia en cuyo Fallo se dice: "FALLO: Quedebo condenar y condeno a Armando , como autor responsable de una falta de imprudencia con resultado de lesiones y daños, a la pena de 1 mes de multa a razón de 1.000 ptas. la cuota diaria, lo que arroja un total de 30.000 ptas., quedando sujeto en caso de impago, a la responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 del C.P., pago de costas, y a que indemnice a Fidel en las cantidades de 426.195 ptas., por daños materiales y 281.265 ptas., por las lesiones sufridas. Se declara la responsabilidad civil directa de la entidad LE MANS, y la subsidiaria de MECANOEX ANDALUCIA S.A. devengando las mencionadas cantidades el interés legal que para la entidad de seguros será el previsto en el art. 20 de la L.C.S. desde la fecha del siniestro (13 de diciembre de 2000), y con reserva de las acciones civiles a dicha entidad por los daños al Sr. Armando . COSTAS...".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Armando , MECANOEX S.A. Y LE MANS SEGUROS ESPAÑA S.A. y admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia, Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites,
No se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia apelada.
Del relato de hechos probados expuesto en la resolución impugnada se desprende que en la producción del accidente de autos convergen tanto la conducta del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba