SAP Córdoba 70/1998, 3 de Diciembre de 1998

PonenteANTONIO JIMENEZ VELASCO
ECLIES:APCO:1998:1495
Número de Recurso112/1998
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución70/1998
Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 70/98

En la ciudad de Córdoba a tres de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

Vistas por la Sección 2° de ésta Audiencia las diligencias procedentes del Juzgado de 1o Penal de esta Ciudad, que ha conocido .en fase de juicio oral n° 278/98 por el delito de en razón del recurso, de apelación interpuesto por Pedro Francisco , representado por el Procurador Sr. Revilla Alvarez Y asistido del Letrado Sr. Luna Crespo, contra la sentencia dictada por el mencionado Magistrado- Juez de lo Penal, en las que es además parte el Ministerio Fiscal. Siendo Ponente del recurso el Iltmo. Sr. D. ANTONIO JIMENEZ VELASCO. "

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha a seis de octubre de 1998, se dictó sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado- Juez de lo Penal que contiene el siguiente fallo: Absuelvo Pedro Francisco como autor, pero no responsable criminalmente al concurrir la definida eximente de trastorno mental de los delitos de coacciones, violencias continuadas su cónyuge y de la falta de lesiones que se le imputaban; declarando de oficio las costes procesales.

Se establece como medida de seguridad a imponer a Pedro Francisco , el internamiento en Centro Psiquiátrica Penitenciario, quede internado en la Unidad de Agudos del Hospital Provincial de esta ciudad, a fin de que par el Doctor Cesar y por el Sr. médico-forense Obispo Muñoz, se emita informe sobre la evolución y pronóstico de la enfermedad desde la fecha de comisión de los hechos hasta el momento actual; finalizado el informe el Sr. Ruin Ruiz será conducido al Psiquiátrico Penitenciario.

TERCERO

Centra dicha sentencia, y por la representación de, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido, dándose traslado del mismo a las demás partes por termino legal, transcurrido el cual se remitieron las actuaciones a este Tribunal, que formó el correspondiente Rollo y traslos trámites oportunos se reunió para rotación y Fallo.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos declarados en la resolución recurrido..

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan igualmente los diversos fundamentos de derecho de la sentencia apelada así como el proveído de 16 de Octubre de 1998 en el que se acordaba el traslado de Pedro Francisco de la Unidad de Agudos a la Prisión Provincial de esta...

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