SAP Barcelona 9/1998, 15 de Mayo de 1998

ECLIES:APB:1998:4937
Número de Recurso26/1997
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución9/1998
Fecha de Resolución15 de Mayo de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 9/98

MAGISTRADO PRESIDENTE

ILMA SRA. DÑA.

MONTSERRAT ARROYO ROMAGOSA

En la ciudad de Barcelona, a quince de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

VISTA en juicio oral y público por el tribunal del Jurado de esta Audiencia Provincial de Barcelona, la Causa n° 1/96 del Juzgado de Instrucción n° 1 de Vilanova i La Geltrú seguida por delito de asesinato contra Filomena , mayor de edad, con D.N.I. núm. NUM000 , hija de Francisco y de Dolores, natural de Ecija (Sevilla), sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, en prisión provisional por esta causa desde el 22 de noviembre de 3.996 hasta el día 5 de marzo de 1998, representada por el Procurador Dña. Luisa Lasarte Díaz y defendida por el Letrado D. José María Santacana Garci, siendo parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que celebrado ante el Tribunal del Jurado el Juicio Oral correspondiente al procedimiento de la L.O. 1/96, en el que el Ministerio Fiscal en trámite de conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito de asesinato, previsto y penado en el artº. 139.1º del Código Penal , reputando criminalmente responsable en concepto de autor a Filomena , con la concurrencia de las siguientes circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal: a) Agravante de parentesco del artº. 23 del C.P .; b) Atenuante analógica del artº. 21.6º con relación al 21.1º y al 20.1º del C.P . y solicitó la imposición de la pena de DIECIOCHO AÑOS DE PRISION, inhabilitación absoluta por igual tiempo, con imposición del pago de las costas procesales causadas en este procedimiento. En concepto de responsabilidad civil interesó que indemnización en favor de Fátima en la suma de cuarenta millones de pesetas.

SEGUNDO

Que por la defensa de la acusada, en idéntico trámite, se instó su total disconformidad con la calificación del Ministerio Fiscal y solicitó la libre absolución de Filomena .

TERCERO

El Jurado pronunció su veredicto declarando no culpable a la acusada Filomena del delito de asesinato por el que venia siendo acusada.

HECHOS PROBADOSSon hechos probados conforme al veredicto del Jurado:

  1. - Marí Trini se encontraba dormida.

  2. - Marí Trini quedó medio aturdida tras recibir los primeros golpes, cuya violencia le impidió levantarse de la cama, de forma que lo único que pudo hacer fue llevarse,...

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