SAP Madrid 1173/2001, 22 de Noviembre de 2001
Ponente | ANGEL SANCHEZ FRANCO |
ECLI | ES:APM:2001:16418 |
Número de Recurso | 1736/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 1173/2001 |
Fecha de Resolución | 22 de Noviembre de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª |
SENTENCIA Nº 1173 Magistrados:
Ilmo. Sr. D. Fco Javier Correas González
Ilmo. Sr. D.ANGEL SANCHEZ FRANCO
Ilma. Sra. Dª Miriam de la Fuente García
En Madrid, a veintidos de noviembre del año dos mil uno Vistos y oídos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial de Madrid, los autos sobre separación nº 154/99 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Getafe (Madrid).
De una, como apelante D/a. Luis Carlos ; representado por el Procurador Sr/a. MARTIN DE VIDALES y asistido del Letrado Sr/a.GINES ORTEGA.
Y de otra, como apelado D/a. Lina , representada por el Procurador Sr/a. HERRERA GONZALEZ y asistida del Letrado Sr/a. REDONDO MARTINEZ.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D.ANGEL SANCHEZ FRANCO. Que expresa el parecer de la misma.
La Sala Acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
Que en fecha 13 de septiembre del dos mil, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Getafe (Madrid), se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO. Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. JULIAN CABALLERO AGUADO, en nombre y representación procesal de DOÑA Lina , y por las causas de conducta injuriosa o vejatoria y de cualquier otra violación grave o reiterada de los deberes conyugales y desestimándola por la de cualquier violación grave o reiterada de los deberes respecto de los hijos comunes que convivan en el hogar familiar, contra D. Luis Carlos , representado por el Procurador de los Tribunales D. JAVIER MARIA ORTIZ ESPAÑA, declaro la separación del matrimonio contraído entre ambos en 5 de marzo de 1994, acordando como medidas las recogidas en los fundamentos jurídicos tercero y quinto de la presente resolución. Y sin declaración en cuanto a las costas. Una vez firme la presente resolución, líbrese el oportuno despacho al Registro civil de Getafe, para su inscripción al margen de la de matrimonio.
Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma se interpuso Recurso de Apelación por la representación de D. Luis Carlos , el que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se han remitido los autos a esta superioridad, ante la que han...
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