SAP Madrid 415/2001, 31 de Diciembre de 2001
Ponente | ADORACION MARIA RIERA OCARIZ |
ECLI | ES:APM:2001:18517 |
Número de Recurso | 383/2001 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 415/2001 |
Fecha de Resolución | 31 de Diciembre de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª |
SENTENCIA N° 415/2001
ILMA. SRA. MAGISTRADA:
DÑA. A. MARÍA RIERA OCÁRIZ
En MADRID, a treinta y uno de diciembre de dos mil uno
Vista en grado de apelación por la Ilma. DÑA. A. MARÍA RIERA OCÁRIZ Magistrada de esta Audiencia Provincial, Sección 2ª , al que se acordó la formación del rollo número 383 /2001 actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el articulo 82.2°, párrafo segundo de la
L. O. del P.J., ha visto en esta segunda instancia, la presente apelación contra sentencia dictada por el JDO. INSTRUCCION N. 8 de MADRID en el JUICIO DE FALTAS n° 478 /2000 , conforme al procedimiento establecido en el artículo 976 y siguiente a la Ley de Enjuiciamiento Criminal según la nueva redacción dada por la ley 10/92 del 30 de abril. Habiendo sido partes: En concepto de apelante Juan Ramón
Habiéndose procedido a la incoación de Diligencias Previas, por un delito de FALTA DE HURTO (623) por el Ilmo. Magistrado Juez del JDO. INSTRUCCION N. 8 de MADRID se dictó sentencia con fecha 9-05-2001 estableciendo en el Fallo o parte dispositiva el tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Gaspar , Elvira y Juan Ramón como autores penalmente responsables de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623 del C.P. a la pena a cada uno de ellos de un mes de multa con cuota diaria de 1000 pesetas, y al pago de las costas proporcionalmente."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Juan Ramón y admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia, Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan y se dan por reproducidos los de la sentencia apelada.
El presente recurso de apelación es formulado por uno de los acusados, condenadocomo autor de una falta de hurto prevista en el art 623-1 del CP, el cual alega que no participó en los hechos por los que ha sido condenado.
Sin embargo antes de entrar a conocer de la única alegación formulada, se ponen de manifiesto unos períodos de paralización del presente juicio que determinan la extinción de la responsabilidad penal dimanante de estos hechos por prescripción de la falta, en virtud del art 130 del CP, cuestión de fondo y no...
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STSJ Comunidad de Madrid 1034/2003, 28 de Octubre de 2003
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