SAP Granada 652/1998, 8 de Septiembre de 1998
Ponente | CARLOS JOSE DE VALDIVIA PIZCUETA |
ECLI | ES:APGR:1998:1670 |
Número de Recurso | 1044/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 652/1998 |
Fecha de Resolución | 8 de Septiembre de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCION CUARTA
ROLLO Nº 1044/97
JUZGADO GRANADA Nº 11
DESAHUCIO Nº 218/97
PONENTE D. CARLOS J. DE VALDIVIA PIZCUETA SENTENCIA NUM 652 ILMOS, SEÑORES:
PRESIDENTE
D. ANTONIO MOLINA GARCIA
MAGISTRADOS
D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ
Dª Mª VICTORIA MOTOS RODRIGUEZ
D. CARLOS J. DE VALDIVIA PIZCUETA
En la ciudad de Granada a ocho de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho. La sección Cuarta de esta Iltma. Audiencia Provincial, formada por los Iltmos Sres. al margen relacionados, ha visto en grado de apelación, los precedentes autos de Juicio de Desahucio nº 218/97, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número Once de Granada , seguidos a virtud de demanda de D. Alvaro , mayor de edad, y que ha designado a la, Procuradora Sra. Castillo Funes al objeto de oír notificaciones en esta alzada, contara "MOBILIARIO DE COCINA GEYSA S.A." que ha nombrado a la Procuradora Sra. Molina Cañavate para oír las notificaciones de esta segunda instancia sobre desahucio arrendaticio por falta de pago de renta.
Aceptando como relación los "Antecedentes Hecho" de la sentencia apelada, y ANTECEDENTES DE HECHO
La referida sentencia, fechada en 7.7.97 , contiene el siguiente Fallo: "Que estimando la demanda presentada, declaro resuelto el contrato de arrendamiento que tiene por objeto el local sito en Granada, Plaza de Fontiveros, nº 4, y condeno a Mobiliario de Cocina Geysa S.L. a que lo desaloje y deje a disposición de Moro Parres S.L., bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo efectúa en el plazo que se leseñale y al pago de las costas."
Sustanciado y seguido el presente recurso, por sus trámites, ante esta Iltma. Audiencia Provincial de Granada, en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada, por escrito y ante el órgano que dictó la sentencia. Admitido el recurso, se dió traslado a la parte contraria que lo impugnó. Luego se elevaron las actuaciones a este Tribunal; señalándose día para votación y fallo.
Han sido observadas, las prescripciones legales de trámite.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. CARLOS J. DE VALDIVIA PIZCUETA . Aceptando, en esencia, los "Fundamentos de Derecho" de la sentencia recurrida; y,
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